Desde hace casi un año, se encuentra congelada en el Senado la minuta que prohíbe los plaguicidas que provocan riesgo a la salud de la población, aprobada en San Lázaro. El presidente de la Comisión de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático, el pevemista Raúl Bolaños Cacho, manifestó: “cuando se apruebe en la Cámara alta la iniciativa que prohíbe el uso del glifosato y otros plaguicidas en el país, se avalará también esa minuta, ya que el tema que se legisla es el mismo”.
La minuta cambia los artículos tercero, fracción XXIV bis ; quinto, fracción sexta; 15, 134 y 144 de la ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, y contiene cuatro transitorios, en el cuarto, precisamente establece un plazo no mayor a cuatro años, contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para que las dependencias del administración pública federal “realicen las modificaciones a las normas oficiales mexicanas, acuerdos, lineamientos a fin de armonizar las disposiciones que correspondan con el contenido del presente decreto”.
La modificación al artículo tercero establece la definición de plaguicida: “cualquier sustancia o mezcla de sustancias que se destina a controlar cualquier plaga, incluidos los vectores que transmiten las enfermedades humanas y animales, las especies no deseadas que causen perjuicio o que interfieran con la producción agropecuaria y forestal, así como la sustancias defoliantes y las desecantes”.
En el artículo 134 se adiciona: “se prohíbe la utilización de los plaguicidas altamente peligrosos o aquellas sustancias o compuestos que estén prohibidos en tratados internacionales firmados”.