Los científicos e investigadores Julia Tagüeña Parga, ex directora adjunta del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt), José Franco y Gabriela Dutrénit Bielous, ex coordinadores del Foro Consultivo de Ciencia y Tecnología (FCCyT), libraron en forma definitiva el caso de delincuencia organizada y lavado de dinero por las supuestas aportaciones ilegales del Conacyt por 244 millones de pesos.
La carpeta de investigación abierta contra los científicos fue iniciada por la Fiscalía Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada y comprende la posible comisión de ilícitos relacionados con operaciones con recursos de procedencia ilícita, peculado y delincuencia organizada.
En 2020 se inició una primera investigación, la cual no fue judicializada, y a principios de 2021 se abrió una nueva pesquisa, que era la base de las acciones emprendidas por el Ministerio Público.
En audiencia de 13 de enero de 2023, el juez federal Gregorio Salazar Hernández, adscrito al Centro de Justicia Penal Federal en el estado de México ubicado en el Altiplano, resolvió dictar el sobreseimiento del proceso penal a favor de cinco de los 31 científicos investigados por la Fiscalía General de la República por delincuencia organizada, lavado de dinero y delitos de corrupción.
El proceso penal inició por denuncias presentadas por el Conacyt, en la que acusaba una presunta ilegalidad en la asignación y manejo de los recursos públicos otorgados al FCCyT, el cual era un órgano de consulta en materia científica, tecnológica y de innovación para el gobierno federal, previsto en la ley.
Según informaron los defensores del despacho Del Río y Moreno de Leija, se trata del mismo juez que el 21 de septiembre de 2021 negó girar órdenes de aprehensión contra los 31 científicos, afirmando que los hechos investigados por la fiscalía no pueden ser analizados a la luz del derecho penal y, por tanto, no son delictivos.
Los abogados de caso apuntaron que el juez también benefició en dicha audiencia a Teresa de León Zamora y Marcial Bonilla Marín. Detallaron que conforme al Código Nacional de Procedimientos Penales, el sobreseimiento tiene los mismos efectos que una sentencia absolutoria, por lo que el Ministerio Público ya no puede investigarlos y acusarlos por los mismos hechos.