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2023-01-19 06:00

Son ilegales las cédulas profesionales temporales en Jalisco: SCJN

Periódico La Jornada
jueves 19 de enero de 2023 , p. 26

Es inconstitucional el sistema de cédulas profesionales temporales vigente en Jalisco desde enero de 2016, pues la facultad de emitir estos documentos es exclusiva de las autoridades federales, señaló la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al otorgar un amparo a una veterinaria que impugnó la Ley para el Ejercicio de las Actividades Profesionales de esa entidad.

La decisión fue aprobada por unanimidad por los cinco ministros de la segunda sala del máximo tribunal del país, por lo que el fallo sentará precedente para resolver casos similares.

La norma obligaba a los egresados de cualquier carrera universitaria a tramitar ante el gobierno estatal una cédula profesional con vigencia de sólo cinco años, tras los cuales había que refrendar la certificación si querían ejercer en Jalisco.

El proyecto de sentencia del ministro Luis María Aguilar Morales puntualizó que la Constitución estipula claramente que es facultad exclusiva del Congreso de la Unión establecer los requisitos para ejercer una profesión en todo el territorio nacional, por lo cual el Poder Legislativo de Jalisco excedió sus facultades.

“Además, los requisitos establecidos por la Federación para la expedición de cédulas profesionales consisten en que se haya obtenido un título profesional de manera legal y que se realice el registro correspondiente, por lo cual las entidades federativas carecen de atribuciones para variar las exigencias ordenadas por el Congreso de la Unión”, señala la sentencia aprobada.

Añade que la Carta Magna expone que el sistema para expedir cédulas profesionales debe ser homogéneo en todo el país y no contiene ninguna previsión para que este documento quede limitado a temporalidad alguna.

“En todo caso, únicamente la Federación tiene competencia para variar los requisitos para la obtención y conservación de la cédula profesional, circunstancia que corrobora lo fundado del agravio en estudio”, concluye el proyecto avalado por la SCJN.

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