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Sociedad

2023-01-18 15:08

Invalida SCJN sistema de cédulas profesionales impuesto en Jalisco

Recinto de la Suprema Corte en la Ciudad de México.
Recinto de la Suprema Corte en la Ciudad de México. Foto Roberto García Rivas / Archivo

Es inconstitucional el sistema cédulas profesionales temporales vigente en Jalisco desde enero de 2016, pues la facultad de emitir este tipo de documentos compete únicamente a las autoridades federales, señaló la Suprema Corte de Justicia, al otorgar amparo a una veterinaria que impugnó la Ley para el Ejercicio de las Actividades Profesionales de esa entidad.

La decisión fue aprobada por unanimidad por los cinco ministros de la Segunda Sala, por lo que el fallo sentará un precedente para resolver casos similares.

De trata de la norma que obligaba a los egresados de cualquier carrera universitaria a que, si querían ejercer en Jalisco, tuvieran que tramitar una cédula profesional ante el gobierno estatal, la cual tiene una vigencia de cinco años, tras lo cual hay que repetir la certificación.

El proyecto de sentencia del ministro Luis María Aguilar Morales señaló que la Constitución establece claramente que es facultad exclusiva del Congreso de la Unión establecer los requisitos para ejercer una profesión en todo el territorio nacional, por lo cual el legislativo de Jalisco excedió sus facultades.

“Además, los requisitos establecidos por la federación para la expedición de cédulas profesionales consisten en que se haya obtenido un título profesional de manera legal y que se realice el registro correspondiente, por lo que las entidades federativas carecen de atribuciones para variar las exigencias ordenadas por el Congreso de la Unión”, señala la sentencia aprobada.

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