La SEP señaló en un documento al rector de la UNAM, Enrique Graue, que, en respeto a la autonomía universitaria, corresponde a la institución que encabeza resolver si la ministra Yasmín Esquivel cometió un acto ilícito en la obtención de su título de licenciatura y, en caso de confirmarse, lo procedente sería presentar una denuncia. Aclaró que mientras ese título no sea declarado inválido, la Dirección General de Profesiones carece de facultades para proceder.
Leticia Ramírez, titular de la SEP, transcribió el artículo tercero fracción VII de la Constitución, en el que se habla de la autonomía universitaria, y se refirió a que el Comité de Integridad Académica y Científica de la FES Aragón consideró que el asunto debía ser valorado por las instancias universitarias competentes para que “proceda conforme a la legislación universitaria”.
“En consecuencia –agregó–, en respeto a la autonomía universitaria..., las instancias universitarias competentes para emitir una resolución sobre el tema son aquellas establecidas en la Ley Orgánica de la UNAM y su estatuto general”, y son éstas las que deben realizar el procedimiento “conforme a las reglas generales del derecho procesal”.
Dijo que “en el supuesto de que la autoridad universitaria competente resuelva que la conducta que se impute a la C. Yasmín Esquivel Mossaes susceptible de ser considerada como constitutiva de un acto ilícito, lo procedente será ejercer la acción correspondiente ante el órgano de procuración de justicia o autoridad jurisdiccional competentes”.
Precisó que, en tanto no sea declarado inválido el título expedido en su momento por la UNAM a Esquivel Mossa por la autoridad jurisdiccional competente, la Dirección General de Profesiones carece de facultades para intervenir de acuerdo con la normatividad aplicable.