Aunque en la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) no hay leyes que regulen específicamente el tema del plagio, la Oficina de la Abogacía General de la máxima casa de estudios emitió hace unos años una serie de lineamientos que podrían permitir que los alumnos infractores sufran la nulidad de su examen profesional y la revocación de su título.
De acuerdo con el libro Plagio y ética, publicado en 2018 por la UNAM, sí hay algunas disposiciones normativas dentro de la universidad que pueden sancionar a los alumnos que incurran en este acto de deshonestidad, a pesar del ya mencionado vacío legal.
Dicha publicación admite que en la UNAM “no existe un apartado específico que regule con precisión las consecuencias jurídicas del plagio. Consciente de ello, la Oficina de la Abogacía General ha optado por el procedimiento general para sancionar el incumplimiento de las obligaciones que la legislación le impone a los miembros de la universidad”.
Sin embargo, al mismo tiempo recuerda que dicha oficina ha lanzado diversas notas informativas en las que menciona la posibilidad de que los castigos para los infractores sean más severos.
Una de dichas notas, indicó el libro, fue emitida el 21 de junio de 2007, en la cual se afirma que “para los egresados de la UNAM que presentan obras ajenas como tesis para su examen profesional”, además del procedimiento establecido en la legislación universitaria, “se acordará la nulidad del examen sustentado y la revocación del título profesional”.
Otra nota informativa de la Abogacía General de la UNAM, dada a conocer el 29 de enero de 2007, estableció que “para el caso de alumnos que cometan plagio de algún trabajo académico presentado durante sus estudios, el alumno que haya prestado o recibido ayuda fraudulenta será suspendido hasta por un año”.
En el caso de la ministra Yasmín Esquivel Mossa –quien plagió su tesis de licenciatura de acuerdo con una resolución del Comité de Integridad Académica y Científica de la FES Aragón–, el rector de la UNAM, Enrique Graue Wiechers, afirmó el jueves pasado que la universidad no cuenta con herramientas legales para retirarle el título.
En su comunicado, Graue adjuntó una carta del actual titular de la Abogacía General de la Universidad, Alfredo Sánchez Castañeda, quien indicó que según el artículo 3º Constitucional, fracción VII, así como diversas leyes internas de la UNAM, ésta “carece de una norma jurídica que le permita expresamente retirar, cancelar o revocar los títulos académicos que otorga”, por lo que de hacer este último, estaría realizando actos que no le permiten sus leyes.