El derecho de petición sí puede ejercerse en las redes sociales, plantea un proyecto del ministro Mario Pardo Rebolledo, que será votado la semana próxima en la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Se trata de un amparo promovido por un ciudadano, que pidió información sobre gasto público al ayuntamiento de Guadalajara, Jalisco, en su cuenta de Twitter. Si el amparo se otorga por una mayoría de cuatro votos, el fallo sentará jurisprudencia, obligando a fallar todos los casos similares en el mismo sentido.
“Esto implica que peticiones formuladas a una autoridad a partir de la plataforma Twitter” sí encuentran protección en el artículo 8º constitucional; siempre y cuando, exista confirmación de que: a) la respectiva autoridad es titular de la cuenta a partir de la cual se formulan dichas peticiones, y de que b) a partir de la misma, realiza actos de interacción con la ciudadanía”, señala el proyecto de sentencia, que se votará el 11 de enero.
La resolución que se apruebe sentará precedente, como en el amparo promovido contra Lorenzo Córdova, consejero presidente del Instituto Nacional Electoral, por bloquear los comentarios de YouTube. “Esto es muy importante porque promueve el ejercicio de los derechos humanos, pues facilitaría el ejercicio del derecho de petición y permitiría que se hiciera valer sin tantas formalidades”, dijo el abogado Héctor Ivar Hidalgo, promotor del amparo contra el INE.