El quinto tribunal colegiado en materia penal en la Ciudad de México confirmó el amparo otorgado a Cuauhtémoc Gutiérrez de la Torre, para el efecto de que se deje insubsistente la resolución del 22 de marzo pasado, donde se le dictó el auto de formal prisión por los delitos de asociación delictuosa, trata de personas, en la modalidad de explotación sexual agravada en grado de tentativa, y publicidad engañosa.
El fallo no implica que el ex dirigente del PRI capitalino recupere la libertad. Permanecerá en el Altiplano hasta que la jueza interina decimoséptimo de lo penal en la Ciudad de México emita una nueva resolución fundada y motivada.
Los magistrados confirmaron la resolución del juzgado decimocuarto de distrito de amparo en materia penal en la Ciudad de México, que en octubre pasado le concedió la protección de la justicia federal.
Determinaron que el agente del Ministerio Público local y la representación de las víctimas no impugnaron adecuadamente el fallo del juez Erik Zabalgoitia, por ello debe quedar firme. Además, consideraron infundados los agravios de la autoridad ministerial, ya que hasta este momento no se advierte violación al principio de presunción de inocencia en sus diferentes vertientes, como regla probatoria, trato procesal o estándar de prueba.
Con el resolutivo del tribunal colegiado, ahora la jueza de la causa deberá pronunciarse sobre la competencia para conocer y resolver sobre la totalidad de los ilícitos imputados a Gutiérrez de la Torre. Asimismo, deberá establecer de manera pormenorizada de qué forma se encuentra facultada para aplicar la Ley general para prevenir, sancionar y erradicar los delitos en materia de trata de personas.