El gobierno federal publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco (LGCT), con lo que se podrá regular la protección de los espacios libres de humo, incluidas las emisiones de nuevos productos, como vapeadores o cigarros electrónicos.
Las modificaciones a la LGCT, que ahora se incluyen en su reglamento, prohíben la publicidad, promoción y patrocinio de productos elaborados con tabaco, en forma directa o indirecta, en todo medio informativo, incluidas comunicaciones personales y redes sociales. También está prohibida cualquier publicidad en los puntos de venta.
Al respecto, Erick Antonio Ochoa, director de Salud JustaMx, destacó que con la publicación de las reformas se incluyen modificaciones muy relevantes que acercan a México al cumplimiento del Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el Control del Tabaco.
Una de las principales modificaciones, indicó, es la protección de los espacios libres de humo, incluidos los cigarros electrónicos y productos de tabaco calentado.
“Con estas reformas al reglamento (...) ya no se podrán utilizar estos dispositivos en todos los espacios públicos cerrados, áreas interiores de trabajo, sitios de concurrencia colectiva y en todos los planteles educativos de todos los niveles, desde prescolar hasta posgrado”, pues las escuelas deben considerarse espacios cien por ciento libres de humo.
Con la prohibición de toda forma de publicidad, dijo, México tiene una de las legislaciones más avanzadas en esta materia en América.