Una de las principales políticas del gobierno federal para reducir el contrabando esperará. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) amplió el plazo para comenzar a sancionar a aquellas empresas y transportistas que no cuenten con el complemento Carta Porte en los comprobantes fiscales digitales de la mercancía que trasladan.
Tras un proceso de prórroga que ya se había extendido hasta el último día de 2022, el SAT decidió ampliar al 31 de julio de 2023 la aplicación de sanciones a quienes no cuenten con el complemento Carta Porte digital y el detalle de llenado que se pide, luego de que así lo estuvieron exigiendo organismos privados y asociaciones de transportistas.
“El SAT ha realizado varias mesas de trabajo con las distintas cámaras y asociaciones relacionadas con la industria del transporte con la finalidad de analizar sus necesidades específicas”, explicó el organismo en un comunicado.
Derivado de esas reuniones decidió extender a mediados de 2023 las sanciones por incumplir con una medida que entró en vigor en enero de 2022 con la miscelánea fiscal vigente.
El complemento Carta Porte tiene el objetivo de evitar que se usen sus copias físicas para acreditar como legal una mercancía de contrabando; algo que, de acuerdo con funcionarios del SAT, permitía que un mismo documento se usara decenas de veces.
Luego del primer trimestre de 2022, para el cual el SAT informó que el número de facturas en formato 4.0 a las que se adjuntó el complemento Carta Porte fue 0.25 por ciento del total, el organismo dejó de publicar esa misma información en sus informes Tributario y de gestión.
El Instituto Mexicano de Contadores Públicos ha pedido no sólo aplazar las sanciones, sino eliminar el trámite, al considerar que el grado de detalle que requiere el Carta Porte adjunto a los comprobantes digitales es “innecesario” .