Ciudad de México. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) solicitó al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste) que someta a consideración de su Junta Directiva un proyecto de modificación al Reglamento de Servicios Médicos, con el fin de que los padres que tengan hijos enfermos también puedan recibir permiso para cuidarlos. Lo anterior, debido a que dos derechohabientes denunciaron que se les negó este tipo de permisos bajo el argumento de que sólo se otorga a mujeres.
En la Recomendación 201/2022 dirigida al director general del Issste, Pedro Zenteno Santaella, puntualizó que de no ser posible jurídica y materialmente realizar la modificación al citado reglamento, la Junta Directiva deberá proponer al Ejecutivo federal los proyectos de reformas a la ley del instituto.
La CNDH señaló que el no garantizar el otorgamiento de cuidados paternos constituye violaciones a los derechos humanos a la seguridad social, a la igualdad y no discriminación, y a la no observancia de los principios de interés conforme y del interés superior de la niñez.
Explicó que las dos víctimas se presentaron en las clínicas de medicina familiar Cuitláhuac y Coyoacán, en la Ciudad de México, para que se atendiera a sus hijos. Se prestó la atención requerida a los niños y se ofreció a los padres una licencia. Sin embargo, en las áreas administrativas les indicaron que ese tipo de permiso sólo se otorgan a mujeres.
Una de las víctimas se entrevistó con otra persona servidora pública del Issste, quien le reiteró la información, añadiendo que se le podían otorgar si el niño tuviera alguna enfermedad grave, como cáncer. El padre solicitó el fundamento legal y le indicaron que no contaban con un documento en ese sentido, pero que podía consultar el reglamento en el portal de la institución.
A la fecha de la emisión de la Recomendación 201/2022, la CNDH advirtió que el instituto no cuenta, en la normatividad que lo rige, con disposición alguna para el otorgamiento de los cuidados paternos y se establecen restricciones desproporcionales para acceder a este. Por lo tanto, enfatizó, “existe responsabilidad institucional por parte del Issste, toda vez que en estos casos las personas servidoras públicas incumplieron con su obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos”.
La CNDH también solicitó al instituto que emita una circular en que se incluyan procedimientos claros y expeditos para el otorgamiento de los cuidados paternos y su eventual reclamación en caso de negativa.