En votación dividida, la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó el amparo solicitado por una asociación civil en contra de la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza (LNUF). La quejosa argumentaba que esta norma inhibía sus derechos humanos, de manera consustancial con el despliegue de la Guardia Nacional.
Por tres votos contra dos, los togados aprobaron el proyecto del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, desestimando los argumentos esgrimidos por la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, AC.
La sentencia aprobada señala que no se fundamentaron debidamente los reclamos: “la asociación civil quejosa debió haber presentado tales argumentos por cada contenido normativo que considerara inadecuado de esos capítulos”.
También se rechazó el argumento respecto a que la LNUF no contenía una regulación sobre las armas epiletales, es decir, aquellas que utilizadas adecuadamente no causan la muerte del sujeto objetivo, pero sí lo inhabilitan para seguir actuando agresivamente.
Sobre esto, el ministro Gutiérrez señaló que el tema ya se resolvió en la acción de inconstitucionalidad 64/2019, votada en el pleno de la SCJN el año pasado, donde se determinó que “la Ley Nacional no sufría una omisión legislativa relativa relacionada con la previsión del adiestramiento en medios, métodos, técnicas y tácticas del uso de la fuerza mediante el empleo de armas incapacitantes, no letales y letales, así como la distinción y regulación de dichas armas”.