Las viviendas de interés social que se construyan como parte del Programa especial de regeneración urbana y vivienda incluyente del gobierno de la ciudad sólo podrán ser adquiridas por capitalinos que no tengan otras propiedades.
Lo anterior se establece en los lineamientos para el control de la comercialización de esas viviendas publicados en la Gaceta Oficial, los cuales señalan que los interesados en comprar deberán presentar un certificado de no propiedad emitido por el Registro Público de la Propiedad y el Comercio local.
Dichas casas de interés social se podrán adquirir con créditos del Infonavit, Fovissste o hipotecario, ya sea de manera directa o esquemas de cofinanciamiento, agrega el documento emitido por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda.
La comercialización podrá iniciar una vez que el desarrollo inmobiliario haya obtenido el oficio de aprobación del proyecto e iniciará con la difusión de la oferta por medio de la página de Internet del Programa especial de regeneración urbana y vivienda incluyente.
Asimismo, el vendedor generará un expediente por cada uno de los posibles compradores, que deberá enviar a la Seduvi y contener identificación oficial, acta de matrimonio, comprobante de domicilio y certificado de no propiedad.
Una vez formalizada la compraventa y firmadas las escrituras, se deberá informar a la secretaría que establecerá una base datos de compradores con el propósito de actualizar las metas e indicadores del programa.