Movimientos feministas y ONG apoyan la enmienda
Es inconstitucional
que se aplique sólo a toallas, tampones y copas, señala ministro Alfredo Gutiérrez
Lunes 24 de febrero de 2025, p. 15
El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena propondrá amparar a la tienda de autoservicio Walmart para que amplíe su lista de productos de gestión menstrual exentos del pago del impuesto al valor agregado (IVA), debido a que el togado consideró que es inconstitucional que la tasa cero por ciento se aplique sólo a las toallas sanitarias, tampones y copas, como estableció la reforma de Menstruación digna
que entró en vigor el 1º de enero de 2022.
De ser aprobada la propuesta por la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) –listada para la discusión del próximo miércoles– permitiría exclusivamente a Walmart ofrecer precios más bajos al consumidor también en la venta de pantiprotectores, ropa interior absorbente, esponjas marinas, toallas reutilizables, paños de tela menstrual y otros.
El proyecto propone declarar inconstitucional el artículo 2-A, fracción I, inciso j) de la Ley del IVA, que señala que “el impuesto se calculará aplicando la tasa del cero por ciento a los valores a que se refiere esta ley, cuando se realicen los actos o actividades siguientes: La enajenación de…toallas sanitarias, tampones y copas, para la gestión menstrual”.
Principio de equidad
Lo anterior, debido a que transgrede el principio de equidad tributaria al dar un tratamiento distinto a los productos destinados a la gestión menstrual y también porque la reforma vulnera los principios de fundamentación y motivación
, es decir, que el legislador no señaló los motivos por los cuales sólo tres productos estén exentos del IVA y por qué excluyó a los demás.
De ser aprobado el proyecto, se daría revés a la Presidencia de la República y al Congreso de la Unión, que en calidad de autoridades responsables, defendieron la reforma en el juicio al señalar que Walmart, la quejosa, carece de interés jurídico al no ser parte del sector al que va dirigida la norma, ni tiene un derecho subjetivo constitucionalmente tutelado
, que los actos reclamados no afectan los intereses jurídicos de la quejosa al no ser el consumidor final
… y porque tiene el carácter sólo de retenedor del impuesto y no de causante del mismo
.
Walmart inició el juicio de amparo contra la reforma el 21 de enero de 2022, a 20 días de su entrada en vigor. La enmienda fue promovida por diversos sectores sociales, organizaciones civiles y movimientos feministas.
El juzgado decimosexto de distrito en materia administrativa en la Ciudad de México conoció del asunto y el 14 de julio de 2023 sobreseyó el juicio, al considerar que no acredita el acto de aplicación en su perjuicio, por lo que no se afecta su esfera jurídica.
Inconforme, la empresa interpuso un recurso de revisión ante el vigésimo tercer tribunal colegiado en materia administrativa del primer circuito, el cual resolvió el 19 de junio de 2024 dar parcialmente la razón al juez de primera instancia sobre otros actos reclamados de la reforma de 2021, pero revocó el sobreseimiento al pedir que sea la Corte la que resuelva sobre la constitucionalidad de dicha norma.