Política
Ver día anteriorDomingo 26 de enero de 2025Ver día siguienteEdiciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio
Aspirantes a juzgadores deben tener al menos 8 de promedio en licenciatura, confirma TEPJF
 
Periódico La Jornada
Domingo 26 de enero de 2025, p. 5

En votación dividida, la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó los criterios académicos que deberán cumplir los aspirantes – eventuales candidatos– a la elección judicial del 1º de junio próximo.

En la semana que concluye, el TEPJF resolvió más de 300 juicios de personas que consideraron no haber sido bien evaluadas, tarea asignada a los tres comités constituidos para tal fin, uno por cada poder de la Unión.

El requisito es tener un promedio mínimo de 8 en los estudios superiores, y ante ello vino el debate porque los magistrados Reyes Rodríguez y Janine Otálora consideraron que no necesariamente la norma se refiere exclusivamente a la licenciatura, por lo que si alguien tiene promedios superiores en estudios de maestría y doctorado en derecho debieron ser admitidos.

Los magistrados perdieron la votación, pese a extensas exposiciones, contra la mayoría integrada por Mónica Soto, Felipe de la Mata y Felipe Fuentes; este último subrayó que la Constitución es clara en cuanto al requisito mínimo indispensable para contender: promedio de 8 o su equivalente en la licenciatura.

Por lo pronto, esta semana se ordenó incluir –con distintos matices y casos específicos– a 112 personas, la gran mayoría (109 expedientes) a cargo del comité del Poder Judicial que sigue con actividades suspendidas pese a la orden de reactivación dada en la misma sesión del miércoles pasado de la sala superior del TEPJF. Sólo dos casos serían para el comité del Poder Ejecutivo.

Rodríguez hizo referencia a vacíos en la norma, sobre todo porque no todos los aspirantes parten de la misma formación académica y, además, por la importancia de ejercer un control sobre los criterios de los integrantes de los comités.

Señaló que no está claro si sólo se deben seleccionar asignaturas de una licenciatura, maestría o doctorado, es decir, sí hay un margen de discrecionalidad, el cual debe ser controlado, judicialmente revisado, porque ante distintas posiciones es razonable pensar que el comité de evaluación puede tratar de manera arbitraria, desproporcional o diferenciada y sin justificación a las personas aspirantes.