Lunes 13 de enero de 2025, p. 27
El Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) mantiene en la opacidad el proceso legal por el que no ejecutó una sentencia a su favor por más de 33.7 millones de pesos.
Se trata de un juicio que data de 2012 por la fallida adquisición de mil urnas electrónicas en las que se encontraron diversas irregularidades. La empresa Pounce Consulting SA de CV terminó inhabilitada, pues hubo retrasos en el cumplimiento del contrato, por lo que comenzó el procedimiento de rescisión administrativa para recuperar los recursos destinados a tal fin. Al final, IECM ganó el juicio.
Sin bien existe una sentencia en favor del órgano electoral, el procedimiento para ejecutarla aún no concluye, pues fue recurrida mediante un juicio de amparo indirecto que se encuentra vigente.
El área encargada de todo lo relacionado con este juicio es la Unidad Técnica de Asuntos Jurídicos, a cargo de Guadalupe Zavala Pérez, hermana de la consejera del Instituto Nacional Electoral Claudia Zavala. Por conducto de dicha unidad, de las secretarías Ejecutiva y Administrativa y de la Dirección de Adquisiciones el instituto ha destinado más de 2 millones de pesos en la contratación del despacho de abogados Cataño, Escorcia y Asociados, que lleva el caso.
Mediante la Plataforma Nacional de Transparencia se solicitó copia de la sentencia y del juicio de amparo indirecto para conocer las razones por las que el IECM no cobró la sentencia a su favor, pero su Comité de Transparencia, encabezado por la consejera Sonia Pérez, entregó una resolución en la que clasificó todo lo relacionado al juicio como información reservada por tres años a partir de diciembre del año pasado.
La justificación fue que la etapa en que se encuentra el procedimiento de juicio de amparo sólo incumbe a las partes
, pues se considera que la divulgación de los documentos que integran el expediente se encuentran en litigio, lo que representaría un riesgo para el ejercicio de las partes, pues de divulgarse la información, ésta se haría pública aun cuando el expediente no tiene resolución, por lo tanto, de proporcionar las copias que solicita la persona peticionaria, resultaría y ocasionaría un prejuzgamiento público del mismo
, indica la respuesta a la solicitud de transparencia.
Se resolvió también que la información será accesible al público, aun cuando no se hubiesen cumplido los tres años, si dejan de concurrir las circunstancias que motivaron su clasificación o previa determinación del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas (Info).