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Acata el Poder Judicial fallo y suspende evaluación de aspirantes a varios cargos
 
Periódico La Jornada
Miércoles 8 de enero de 2025, p. 9

El comité de evaluación del Poder Judicial de la Federación (PJF) detuvo el proceso electoral extraordinario 2025 para diversos cargos, luego de acatar una suspensión definitiva que otorgó el juzgado primero de distrito en el estado de Michoacán, hasta en tanto no se revoque o modifique dicha medida cautelar.

Según fuentes judiciales, de continuar el proceso para la selección de candidatos por los poderes Judicial y Ejecutivo, se quedarían fuera de revisión y selección los aspirantes que se inscribieron en el PJF.

Este amparo lo promovió la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación (Jufed), y hasta el momento el Legislativo y el Ejecutivo han señalado que lo establecido en la reforma es inatacable.

El comité, integrado por Wilfrido Castañón León, Mónica González Contró, Emma Meza Fonseca, María Emilia Molina de la Puente y Luis Enrique Pereda Trejo, publicó un acuerdo donde informó que la suspensión se otorgó respecto a las normas generales que pudieran derivar en la obligación de legislar, impuesta en el artículo octavo transitorio, párrafo primero, del decreto por el que se enmiendan, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución sobre la reforma al PJF.

En el acuerdo dado a conocer anoche, se señala a los comités del Ejecutivo, Legislativo y Judicial para que en un plazo de 48 horas, a partir de la notificación, emitan un acuerdo administrativo para acatar la medida cautelar, esto es, en el que ordenen suspender, en la etapa en el que se encuentra y en el ámbito de sus competencias, todo proceso contemplado en el decreto por el que se cambian, adicionan o derogan diversas disposiciones de la Carta Magna en materia de reforma al PJF que tenga por objeto: cesar o remover a los juzgadores e integrantes de la asociación quejosa y obligarla a participar en el proceso electoral extraordinario.

Asimismo, destacó que no pasa inadvertida la sentencia dictada el 18 de noviembre de 2024 por la sala superior del Tribunal Electoral en el expediente SUP-AG-632/2024 y acumulada, notificada a este comité de evaluación el pasado 26 de noviembre, ya que, por una parte, se trata de una determinación anterior a la que ahora se acata y emitida en una jurisdicción constitucional diversa a la del juicio de amparo y, por otra parte, no corresponde a este órgano colegiado criticar lo determinado por un juez de distrito, titular de la protestad judicial del Estado.

El juez advirtió al comité del PJF que de no cumplir con la suspensión dará vista al Ministerio Público Federal, para que empiece las investigaciones que correspondan a los involucrados que tengan el carácter de autoridades responsables, y se impondrá una multa a cada integrante de dichos comités equivalente a 107 mil 570 pesos.