Jueves 12 de diciembre de 2024, p. 27
Aun cuando la iniciativa de reforma judicial propuesta por Morena y aliados en el Congreso local ordena la extinción de fondos y fideicomisos para invertirlos en la aplicación del decreto, la propuesta no especifica el destino que tendrá uno de ley que actualmente opera el Poder Judicial de la capital, el cual contiene al menos 9 mil 694 millones de pesos.
De acuerdo con un reporte financiero del Tribunal Superior de Justicia entregado a la Secretaría de Administración y Finanzas, se trata del fideicomiso de apoyo a la administración de justicia del Distrito Federal, mediante el cual se adquieren, construyen, mantienen, remodelan o arriendan inmuebles para el establecimiento o aplicación de salas, juzgados y oficinas del tribunal, así como para la compra, renta, reparación o mantenimiento de mobiliario y equipo necesarios para el funcionamiento del tribunal.
Hasta el 30 de septiembre de 2024 y de 2023, el fideicomiso –que es operado mediante una ley secundaria– cuenta con 4 mil 331 millones de pesos y 5 mil 362 millones, respectivamente.
Los artículos transitorios de la iniciativa –que fue turnada a la Comisión de Administración y Procuración de Justicia– ordena al Poder Judicial llevar a cabo todos los actos y procesos necesarios para extinguir fondos, fideicomisos, mandatos o contratos análogos que no se encuentren previstos en una ley secundaria para aplicar el decreto.
La iniciativa indica que el órgano judicial tendría 90 días naturales posteriores a la entrada en vigor de la reforma para enterar la totalidad de los recursos remanentes de dichos instrumentos, así como productos y aprovechamientos, a la Secretaría de Finanzas.
El dinero será concentrado por concepto de aprovechamientos en la dependencia, y se destinará a la implementación del presente decreto y a los demás fines que esta determine
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De acuerdo con el documento, el patrimonio del fideicomiso está integrado con recursos propios que provienen principalmente de los rendimientos de las inversiones en valores de los importes de recursos ajenos y de la ejecución de las garantías ordenadas por las autoridades competentes, vinculadas básicamente con los billetes de depósito, de los que en su momento se recibieron recursos
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