Jueves 28 de noviembre de 2024, p. 12
Un tribunal colegiado ordenó al juzgado primero de distrito de amparo en materia penal en la Ciudad de México admitir y dar trámite el recurso que promovió el Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP) contra la omisión de autoridades de investigar las muertes de mujeres en el Centro Federal de Reinserción Social Femenil (Cefereso) 16, en Morelos; asimismo, que le permita tener acceso a las carpetas de investigación.
En la demanda de amparo, el instituto argumentó violación al derecho de acceso a la verdad y la justicia, a raíz de la limitación al acceso a las indagatorias, así como omisión en investigar con debida diligencia y perspectiva de género la muerte de cuatro internas en custodia atendiendo los delitos que resulten, incluidas las condiciones torturantes, pero el juzgado de distrito desechó la demanda.
Consideró presunta falta de legitimación de ese organismo, según el artículo 61, fracción XII de la Ley de Amparo; sin embargo, el sexto tribunal colegiado reconoció que la Defensoría Pública Federal cuenta con interés legítimo para intervenir en este tipo de casos y tiene facultades para interponer medios de defensa que impliquen impulsar investigaciones y sanciones frente a posibles violaciones a los derechos humanos.
El colegiado destacó que el derecho a una defensa adecuada no se limita a la designación de una persona, sino que incluye la posibilidad de impugnar actos de autoridad que vulneren los intereses de los representados.
Además, subrayó la importancia de garantizar que ningún imputado sufra tortura o tratos degradantes.
Asimismo, el IFDP dijo que los magistrados reconocieron que la secretaría técnica tiene una posición diferenciada para proteger el derecho de defensa adecuada, pues su objeto oficial está encaminado a emprender acciones legales con el fin de identificar posibles actos de tortura o tratos crueles, inhumanos o degradantes cometidos por defensores públicos federales, contra representados, así como impulsar su investigación y eventual sanción y reparación. De ahí, que impedirle a dicha secretaría el acceso al amparo a su vez obstaculizaría que cumpliera con los fines para los que fue creada.
Por ello, el tribunal ordenó al juzgado de distrito admitir y dar trámite al amparo, lo que permitirá que en el juicio se analicen las violaciones alegadas. Una eventual concesión permitiría instar a la Fiscalía General de la República a que se indaguen los hechos con perspectiva de género, conforme a estándares nacionales e internacionales, así como las condiciones en que ocurrieron las muertes, garantizando el impulso de la investigación por el IFDP, lo que resulta indispensable para el acceso a la verdad y la justicia, así como la no repetición de los hechos.