Jueves 28 de noviembre de 2024, p. 10
La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó ayer la suspensión dictada en diciembre del año pasado por el ministro Javier Laynez Potisek que frenó la extinción de los 13 fideicomisos del Poder Judicial de la Federación (PJF), acción que se ordenó en el decreto de reforma a la Ley Orgánica de ese poder publicada el 27 de octubre del año pasado.
Por cuatro votos a favor y uno en contra, del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, se aprobó en sesión el proyecto de la ministra Margarita Ríos Farjat que dio la razón al recurso de reclamación contra la suspensión promovida en 2023 por el Ejecutivo federal, cuyo titular en ese entonces era Andrés Manuel López Obrador
Es procedente y fundado el recurso de reclamación. Se revoca el acuerdo recurrido. Se niega la suspensión solicitada
, señala la resolución del proyecto aprobado.
La suspensión que concedió Laynez en 2023 impidió que el gobierno federal usara los más de 15 mil millones de pesos de los fideicomisos para ayudar a los damnificados del huracán Otis en Acapulco, Guerrero, como propuso el ex presidente López Obrador y en un principio aceptó la ministra presidenta de la Corte, Norma Lucía Piña Hernández.
Dicha medida cautelar fue dictada por Laynez al admitir a trámite la acción de inconstitucionalidad 214/2023, promovida por senadores de oposición, y la 220/2023, de diputados federales.
Con la resolución de ayer del máximo tribunal del país, los órganos del PJF que funjan como fideicomitentes tendrán que acatar lo dictado por la citada reforma de extinguir los fideicomisos.
Los recursos a que se refiere el transitorio anterior deberán ser concentrados por concepto de aprovechamientos en la Tesorería de la Federación y se destinarán por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a los programas que permitan cumplir con el Plan Nacional de Desarrollo
, se indica en el quinto transitorio del dictamen.
Se agrega que el PJF, que encabeza la ministra presidenta Norma Lucía Piña Hernández, deberá publicar un informe individual, desagregado y pormenorizado por cada instrumento extinto, en el cual se indiquen los montos enterados a la Tesorería de la Federación en términos del transitorio inmediato anterior, en observancia a los principios de transparencia, rendición de cuentas, acceso a la información pública, máxima publicidad y conexos previstos en la Constitución
y otras leyes federales.