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Amplía catálogo de delitos

Morena endurece reforma sobre la prisión preventiva

Proyecto que se debate en San Lázaro la hace de aplicación estricta por parte de jueces // Los derechos de libertad y tránsito no son absolutos, señala comisión

 
Periódico La Jornada
Lunes 11 de noviembre de 2024, p. 5

En la reforma que se discutirá esta semana para ampliar el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, Morena en la Cámara de Diputados incluyó cambios para endurecer la medida y hacerla de aplicación estricta por parte de los jueces.

Incluso, en sus consideraciones, la Comisión de Puntos Constitucionales justificó que si bien los derechos humanos, como el de libertad y tránsito, son universales, carecen del carácter de absolutos.

La modificación al artículo 19 constitucional incluye como delitos graves la extorsión, el narcomenudeo y el tráfico de fentanilo y drogas sintéticas, así como la defraudación fiscal, el contrabando y la emisión de facturas falsas, y forma parte del paquete enviado en febrero por el ex presidente Andrés Manuel López Obrador.

No obstante, Morena ha anticipado que tratará de suprimir del texto la prisión obligatoria para el delito de defraudación fiscal, aun cuando el dictamen sostiene que evadir el pago de impuestos representa un escenario de peligro para la subsistencia y mantenimiento de las acciones de gobierno. De ahí la importancia de calificarla como una de las conductas delictivas que mayor daño generan al funcionamiento del Estado mexicano.

En este punto, señala que de acuerdo con información hacendaria, en 2017, 2018 y 2019 el Servicio de Administración Tributaria detectó que los esquemas de facturación falsa involucran tanto a personas físicas como morales, y que el daño ocasionado por estos esquemas ascendió en ese periodo a más de 338 mil millones de pesos.

Actualmente, el artículo 19 prevé que los jueces ordenarán la prisión preventiva oficiosamente en el catálogo de delitos que desde 2018 Morena ha agregado.

La iniciativa del ex presidente propone cambiar la redacción y que diga que los juzgadores deberán ordenar el encarcelamiento de las personas acusadas.

Sin embargo, la comisión determinó mantener la redacción vigente, y además, el actual presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, Leonel Godoy Rangel, planteó que los jueces deberán aplicar la medida de manera literal al texto de la Constitución, y el dictamen precisa que la medida precautoria es de aplicación estricta y no puede soslayarse sobre la base de interpretaciones diversas.

A las críticas por obligar la privación de la libertad en tanto se continúa la investigación, el dictamen señala que si bien la Constitución reconoce derechos humanos que al no ser absolutos pueden restringirse o intervenirse cuando existan razones que lo justifiquen con apoyo normativo.

En ese sentido, justificó que la prisión preventiva oficiosa constituye una restricción a ese derecho de libertad, que descansa en la ponderación de privilegiar que, en casos específicos, se otorgue a las autoridades persecutoras y judiciales instrumentos que permitan investigar, procesar y juzgar a quienes han sido imputados por la comisión de un hecho con apariencia delictiva, de acuerdo a los datos que obran en las carpetas de investigación.