Jueves 24 de octubre de 2024, p. 10
Con el voto decisivo de la ministra Lenia Batres Guadarrama, la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) echó atrás el amparo que ordenaba liberar a Mario Aburto Martínez, asesino confeso del ex candidato presidencial Luis Donaldo Colosio Murrrieta, y ordenó reponer el proceso del juicio, como solicitó la Fiscalía General de la República.
En sesión, se aprobó el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá para que se repusiera la sentencia del tribunal colegiado que amparó a Aburto, al calificar el delito como del fuero común, con lo que se reduce su sentencia de 45 a 30 años, condena que compurgó este año.
El criterio del tribunal se basó en que al momento de cometerse el asesinato del priísta, el 23 de marzo de 1994, en Tijuana, Baja California, el Código Penal estatal de entonces contemplaba una pena máxima de 30 años.
El fallo de la Corte ordena que la reposición del proceso del juicio debe incluir el emplazamiento de las víctimas indirectas (familiares de Colosio) y llevar a cabo todos los actos judiciales y trámites necesarios para dictar nueva resolución.
“Un tribunal de amparo que decide que es innecesario llamar a las víctimas indirectas de delitos por el solo hecho de que hay una sentencia de condena –como sucede en el caso– es una decisión que difícilmente puede tomar en cuenta un parámetro objetivo. El sentir de las víctimas indirectas del delito sólo ellas lo saben, por lo que los derechos que desde la Constitución federal y la normativa internacional otorgan a su favor, deben ser de su conocimiento y estará en ellas ejercerlos o no; empero, esa decisión no le corresponde a ninguna autoridad judicial de este país”, señala.
El proyecto de González Alcántara se atoró en la sesión del pasado 25 de septiembre, ya que hubo un empate, con los votos a favor de Loretta Ortiz Ahlf y González Alcántara Carrancá y en contra los de Margarita Ríos Farjat y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.
Esto, debido a que el quinto integrante y presidente de la primera sala, Jorge Mario Pardo Rebolledo, estaba impedido de participar en la discusión del caso porque en 1996, como juez federal, él declaró inocente a Othón Cortés, quien fue señalado como el segundo tirador en el homicidio de Colosio Murrieta.
Ante el empate, la primera sala convocó a un integrante de la segunda sala, tocando el turno a la ministra Lenia Batres, quien destrabó el caso.