Lunes 14 de octubre de 2024, p. 21
El régimen penal tributario debe ser reformado para evitar a toda costa el fraude fiscal, que representa cerca de 500 mil millones de pesos anuales, lo que equivale casi a todo el monto de los programas sociales del gobierno federal, sostuvo en entrevista Jesús Agustín Celorio Vela, presidente de la junta nacional directiva del Centro Mexicano de Estudios en lo Penal Tributario.
Tenemos que reformar todo el régimen penal tributario para volverlo garantista, de última generación, que evite a toda costa el fraude fiscal, el lavado de dinero y todas las acciones que van en contra del civismo tributario, que es la base para recaudar las contribuciones que permitan sufragar el gasto público del país
, opinó.
El 5 de febrero pasado, el ex presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) propuso una reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para incorporar al fraude fiscal como un delito de prisión preventiva oficiosa, lo que fue aprobado en la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados y podría seguir su proceso legislativo.
Al haber mayoría tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado, existe la probabilidad de que se apruebe la reforma y quede tipificado en la Constitución el fraude fiscal, junto con el contrabando y las facturas falsas como delito de prisión preventiva oficiosa, lo que significa que no tendrán derecho a libertad bajo fianza quienes sean procesados por estos ilícitos.
Puede tener complicaciones, desde generar lo que se conoce como terrorismo fiscal, porque México no tiene un monto mínimo de fraude fiscal para que a partir de ahí sea delito, como en otros países. En México el caso de fraude fiscal desde un peso puede darse
, destacó.
Por eso se necesita reformar todo el régimen penal tributario mexicano, para hacerlo acorde a una modelo garantista de última generación que tenga como base un Estado social y democráticamente justo
, expuso el egresado de la Escuela Libre de Derecho.
Explicó que México es el país más punitivista de América Latina en cuanto a derecho penal tributario, y que el fraude fiscal se reguló en 1947 con la Ley de Defraudación Impositiva en Materia Federal.
Detalló que en México se puede perseguir simultáneamente tanto el lavado de dinero como la defraudación fiscal. Cuando se acusa por el primer delito, es necesario acreditar que hay recursos de procedencia ilícita, mientras en el fraude fiscal puede haber ingresos lícitos, pero con los que no se pagan a la autoridad fiscal las contribuciones que corresponden.
Destacó que el gobierno mexicano no puede permitir ni evasión ni fraude fiscales a los niveles actuales si su compromiso es cumplir con los programas sociales.
No podemos permitir que en este país, cuando tenemos el compromiso de cumplir con los programas de bienestar que el gobierno de la República se ha propuesto, niveles de evasión como los que se están planteando por el gobierno federal con relación a los montos de fraude fiscal que tiene México, que fluctúan alrededor de 500 mil millones de pesos anuales
, reiteró.