Domingo 15 de septiembre de 2024, p. 25
La sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) modificó de última hora la asignación de diputados plurinominales en Puebla, luego de declararse la inconstitucionalidad e inaplicabilidad
de un artículo del Código Electoral local.
En una nueva discusión de los artículos 54 y 116 de la Constitución federal que definen los límites de la sobrerrepresentación y subrepresentación para la asignación de curules plurinominales, los magistrados analizaron si ésta debe hacerse por partido o alianza. Al final se confirmó la primera opción, es decir, a partir de lo obtenido por cada instituto político.
En el proyecto elaborado por la ponencia del magistrado Felipe Fuentes se dio la razón a quienes impugnaron el criterio del tribunal local y luego de la sala regional del TEPJF con sede en la Ciudad de México. Así, 15 diputaciones se asignan de la siguiente manera: al PAN, cinco; al PRI, una; al PVEM, una; a Movimiento Ciudadano, una y a Morena, siete.
En un segundo asunto abordado en la sesión de ayer mediante videoconferencia, la sala superior devolvió -–por unanimidad de votos– el triunfo a Miguel Ángel Varela Pinedo, de la coalición PAN, PRI, PRD, a la presidencia municipal de Zacatecas, luego de que la sala regional del TEPJF con sede en Monterrey había declarado la nulidad de los comicios por supuesta compra prohibida de espacios en radio.
A propuesta de la magistrada Soto se dijo que la sala regional hizo una interpretación errónea
al dar por cierta la adquisición de tiempos en radio fuera de los permitidos por el Instituto Nacional Electoral, cuando en realidad fueron expresiones emitidas en 16 entrevistas periodísticas, por lo que no analizó debidamente el contenido a la luz de la libertad de expresión, el derecho a la información y la presunción de licitud del que goza la actividad periodística.
Por tanto, la sala superior del TEPJF revocó la sentencia de la sala regional Monterrey, se declaró la validez de la elección, así como la asignación de regidurías por el principio de representación proporcional.