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Aún no hay omisión de impuestos: Abogado

La Suprema Corte, sin plazo límite para resolver sobre amparo de Elektra
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▲ El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, durante su sesión del 11 de junio pasado.Foto Cuartoscuro
 
Periódico La Jornada
Miércoles 11 de septiembre de 2024, p. 23

La resolución que debe dar la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre el amparo directo presentado por Elektra para evitar el pago de impuestos y actualizaciones al Servicio de Administración Tributaria (SAT) no tiene un plazo definido de resolución, ya que se trata de la máxima autoridad de justicia, que puede demorar el tiempo que considere conveniente sin fijar un límite, advirtieron especialistas.

Consultados por separado, Carlos Cárdenas, ex presidente del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, y Edward Regalado, socio del despacho de abogados Regalado, Galindo y Asociados, explicaron que la resolución se dará luego de que los ministros que forman parte de la segunda sala de la SCJN, Yazmín Esquivel (amparo por crédito fiscal de 2 mil 11 millones de pesos) y Alberto Pérez Dayán (de 18 mil 455 millones de pesos) analicen la defensa presentada por el empresario Ricardo Salinas Pliego y preparen un proyecto para someterlo a discusión y votación de la segunda sala de la SCJN.

Al tratarse del máximo tribunal del país y al ser un caso tan complejo, no hay una institución por encima de la SCJN que le exija o la sancione por no emitir una sentencia en cierto plazo. Así que la SCJN se puede tomar el tiempo que considere necesario para resolver de la mejor manera posible este caso, mencionó Regalado.

Habrá ministros que den prioridad a un asunto y que puedan hacer todo lo que esté en sus manos para presentar un proyecto lo más rápido posible y habrá otros que lo consideren mucho más complejo, y que en vez de verlo como una cuestión de tiempo, lo vean como cuestión de justicia y que sea necesario darle tiempo para resolverlo correctamente, agregó.

El proyecto que los ministros presentarán en la segunda sala se puede basar en resolver si es correcto o no el monto de impuestos y accesorios que el SAT reclama a Elektra o, en su defecto, en determinar que el amparo no tiene los méritos para haber sido admitido por la presidencia de la Corte, principalmente porque carece de cuestiones que tengan que ver estrictamente con la interpretación constitucional.

A primera vista, la presidencia consideró que sí existían esos méritos para admitir esos amparos, dijo el abogado.

Un requisito para que la SCJN considere que debe admitir el caso es que incluya planteamientos o interpretación de constitucionalidad o convencionalidad, y que sea un asunto de trascendencia y relevancia.

Sin embargo, Elektra promovió el amparo porque busca que la Corte lo proteja contra un acto de autoridad que considera que viola sus derechos fundamentales.

Carlos Cárdenas destacó que todavía no hay omisión en el pago de impuestos de Elektra, ya que hay un litigio que se resolverá a favor del fisco o del contribuyente, de tal forma que al SAT no le afecta aún la falta de esos ingresos.

Mientras no haya una resolución firme, no podemos decir fundadamente que el SAT está siendo perjudicado o que está dejando de percibir, porque no ha quedado firme. Igual y la resolución es a favor del contribuyente, comentó.

Si de antemano sabes que no tienes la razón, ¿para qué prolongas el pago? Visto al revés, si te fuiste a litigio, lo lógico es suponer que tienes la razón, explicó.

Las medidas que tomó Elektra para disminuir el pago de sus impuestos generaron un adeudo de impuesto sobre la renta (ISR) de 18 mil 455 millones de pesos, el cual subió a 24 mil millones de pesos por recargos y actualizaciones.

El adeudo se generó porque al concluir el régimen de consolidación fiscal se dejaron de sumar pérdidas por enajenación de acciones que la empresa usó en los ejercicios de 2008 a 2012 con la intención de disminuir el pago de sus impuestos.

La empresa impugnó el monto adeudado ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Cuando esa instancia falló a favor del SAT, Elektra promovió un juicio de amparo y, de nuevo, la empresa perdió.

En junio, Elektra perdió también en segunda instancia un recurso contra el pago de ISR que tiene desde 2008 y que a la fecha alcanza casi 2 mil 11 millones de pesos.