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Agenda Judicial
Beneficios en la reforma
L

a posibilidad de que los ministros se jubilen anticipadamente con un monto proporcional a lo laborado es la antesala para que jueces y magistrados ratificados (con un contrato constitucional para estar en el cargo hasta los 75 años) puedan retirarse en iguales condiciones que los ministros, varios con menos tiempo en el cargo que cientos de juzgadores salidos de concursos de oposición.

Las fechas señaladas a consejeros y magistrados electorales para dejar el cargo también deben replicarse para jueces y magistrados. Tal diferenciación implica que la incomprobada corrupción sólo se dio entre jueces y magistrados. El discurso debe ser congruente: los consejeros son los encargados de vigilar a los juzgadores. En el llano terreno laboral, no puede haber mejores consideraciones a ministros y consejeros.

Si la reforma sólo se trata de un reacomodo político para facilitar las maniobras del autodenominado izquierdista partido en el poder y evitar determinaciones judiciales molestas, los ministros y consejeros aventajan a los jueces. Maniobraron con los otros poderes de la Unión para llegar al cargo. Los juzgadores salieron por méritos y el Consejo de la Judicatura tiene áreas que limitan la labor pública y política de los juzgadores. Pero el paro de los trabajadores y el de los juzgadores muestran que el camino legal es más sorpresivo que el político. Ya se involucran organismos internacionales en este proceso que ha dejado de ser interno. Las obligaciones jurisdiccionales insertas en el T-Mec saldrán a la luz pronto. Una vez más, la legalidad podría superar a la política y a sus confiados beneficiados.

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