Opinión
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Agenda Judicial
Paros judiciales
L

a incomprensión de la organización judicial lleva a políticos a suponer como delito grave el paro de trabajadores o a señalarlos como títeres de los jueces. Esto, además de incomprobado, restringe el ejercicio de derechos laborales, sancionado en el código penal federal (149 TER F II). Hay, por lo menos, una tentativa punible. A quienes laboran bajo un sistema de obediencia vertical resulta incomprensible que los jueces no obedezcan a la ministra presidenta y menos entienden que mecanógrafos y abogados no se plieguen al juez con quien trabajan.

La reforma afecta seriamente a los trabajadores. Los legisladores piensan que con dejarlos laborar con el mismo sueldo deberían estar callados. La carrera judicial es experiencia demostrable en concursos de oposición para ser juez. Ser juzgador es una decisión de vida que inicia con cargos, menores en el escalafón, pero igual de importantes en el aprendizaje. Miles de proyectistas llevan años en espera de ser juez. De ser los primeros en la fila para concursar y ganar, ahora serán los últimos: si el argumento para quitar a los jueces es su corrupción (no precisada y menos demostrada) hay una presunción de que quienes laboraron con ellos también lo son, por lo menos como cómplices y encubridores, lo que les anula posibilidades de ser votado para juez. A quienes no pueden o quieren ser juez, se les afecta con el cambio patronal, el cambio de las condiciones laborales y el cambio de órgano revisor. De la afectación salarial, sobra hablar. Hoy la Constitución federal impide que las resoluciones laborales del Consejo de la Judicatura Federal sobre sus trabajadores sean revisadas fuera del Consejo. La posibilidad de perder la fuente de empleo y carecer de tribunal externo, todavía hace más evidente la afectación a los trabajadores judiciales.

Los políticos apostaron por la separación de los titulares con sus trabajadores, por la sumisión y silencio de éstos, de ahí su sorpresa ante la acción independiente de paro. Los concursos para ser mecanógrafo, notificador y secretario, más la basificación correspondiente (con el complejo camino para cesar a un trabajador) dan a estos empleados rasgos de independencia inconcebibles a los políticos.

El precario argumento justificativo para la reforma (la corrupción total e irreversible de todos los titulares y ahora de sus trabajadores) se desbarata ante la existencia de mecanismos al interior del poder judicial para sancionar y cesar a los corruptos (jueces y trabajadores) con procedimientos laborales y administrativos bien establecidos. Desde la Contraloría hasta la Secretaría de Disciplina, siempre hubo mecanismos para abatir esa supuesta corrupción, el problema no es de los juzgadores y su personal sino de quienes no demuestran en la forma alegada esa conjeturada corrupción, en apariencia sólo reclamable cuando las sentencias van en contra de los intereses políticos de legisladores y del ejecutivo federal.