la última palabrasobre la relección de Alito: De la Mata
Miércoles 7 de agosto de 2024, p. 10
Aunque las autoridades electorales resolverán el caso del PRI después de la eventual relección de Alejandro Moreno, la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) podrá anular –o avalar– la continuidad del dirigente.
Y es que frente a todos los actos de los partidos, la última palabra siempre la va a tener la autoridad jurisdiccional, para que haya respeto pleno a los derechos de la militancia
, dijo Felipe de la Mata, magistrado de la sala superior, al hacer un señalamiento general, debido a que no puede pronunciarse de un asunto que tocará definir al TEPJF.
Lo que sí subrayó fue el carácter definitivo e inapelable de las sentencias de este tribunal, al grado de que ante un desacato, el tribunal puede ordenar al Instituto Nacional Electoral (INE), por ejemplo, aplicar medidas extremas, como la cancelación del financiamiento público del partido rebelde, como ocurrió hace algunos años con el Partido Verde, o el no registro de cambios estatutarios o de un directivo partidista.
El asunto del PRI corre actualmente por dos vías: el INE analiza la constitucionalidad y legalidad de la reciente reforma a los documentos básicos del tricolor, aprobada en junio pasado, y –aparte– una comisión intrapartidista resolverá en torno a una queja de los opositores a Moreno, entre ellos varios ex dirigentes del priísmo, quienes impugnaron que la convocatoria allane a Alito la continuidad en el cargo.
Del primer punto, la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos de INE elabora un proyecto que pondrá a consideración de los consejeros para que voten sobre el sentido del mismo, primero en comisiones y luego en sesión del Consejo General, el 23 de agosto próximo. Si bien el plazo formal vence el 18 de agosto, éste tiene una extensión para cumplir con lo ordenado por el TEPJF y dar cumplimiento a las etapas del debido proceso, como recibir los alegatos de ambas partes en conflicto.
Así, la instancia facultada para decidir si una relección es válida no es el INE, sino el tribunal. Sin embargo, los veredictos de ambos casos, tanto lo que estudia el INE como lo que determine la Comisión de Justicia partidaria, podrán ser impugnados ante la sala superior.
De la Mata explicó que si bien el TEPJF no tiene herramientas ante un desacato, como sí ocurre con el amparo, donde las sanciones pueden llegar hasta la vía penal, en el ámbito electoral sólo cuentan con señalamientos de incumplimiento y multitas
administrativas; sin embargo, los magistrados pueden ordenar al INE retener las prerrogativas de los partidos y no dar visto bueno a procesos internos.