Una fija sanciones severas y la otra prohíbe la privatización del agua
Viernes 19 de julio de 2024, p. 32
El gobierno capitalino promulgó dos nuevas leyes en materia ambiental para la Ciudad de México, en una de las cuales establece sanciones económicas de hasta más de 65 millones de pesos a quienes causen daños al entorno, así como la restauración de las zonas afectadas.
Se trata de la Ley de Responsabilidad Ambiental, en la que se estipulan multas para las personas físicas o morales que ocasionen directa o indirectamente la pérdida, cambio, deterioro, menoscabo, afectación, modificación adversa y medibles de los hábitat, ecosistemas y recursos naturales, así como de los servicios ambientales que proveen.
En el artículo 10 se establece que las sanciones serán por un monto equivalente de 300 a 50 mil unidades de medida y actualización (UMA) vigente, es decir, de 32 mil 571 hasta 5 millones 248 mil 500 pesos, cuando el responsable sea una persona física, y de mil a 600 mil UMA, es decir, de 108 mil 570 a 65 millones 142 mil pesos cuando se trate de una persona moral.
El pago de la sanción económica, agrega, será accesoria a la reparación integral del daño ocasionado a los elementos naturales del ambiente.
La administración capitalina también expidió en la Gaceta Oficial la nueva Ley Ambiental de la Ciudad de México, que en su artículo 159 establece que está prohibida la privatización del agua en cualquier modalidad
, así como de los servicios que se derivan de su suministro y cobro.
Asimismo, ordena que los proyectos de obra pública deberán destinar 3 por ciento de su presupuesto para la remediación ecológica; mientras las alcaldías deberán etiquetar un presupuesto anual para la conservación de la biodiversidad de sus territorios.
Asimismo, propone programas de certificación de edificaciones sustentables, el fomento a la captación de agua de lluvia y el tratamiento y reutilización de aguas.
La secretaria de Medio Ambiente, Marina Robles García, subrayó que la Ley Ambiental de la Ciudad de México es resultado del intercambio con organizaciones de la sociedad civil, empresarios y otras dependencias capitalinas, y garantiza el derecho de los capitalinos a gozar de un ambiente sano.
Se omitió consulta
Sin embargo, para el Frente por la Defensa de los Derechos de los Pueblos y Barrios Originarios de la Cuenca del Anáhuac, el decreto de promulgación es ilegítimo, ya que se omitió someter el proyecto de ley a un proceso de consulta con los pueblos y barrios originarios.
El colectivo explicó que la norma incide sobre los territorios de los pueblos, bosques, ríos, canales, chinampas, por lo que tenía que someterse a consulta indígena establecida como un derecho constitucional.