Jueves 4 de julio de 2024, p. 21
Banco Azteca, propiedad de Ricardo Salinas Pliego, se desistió del amparo que solicitó en agosto de 2020 en contra de diversas disposiciones emitidas en 2019 por el Banco de México (BdeM) para regular el sistema de pagos interbancarios.
Ayer, en sesión, la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló por unanimidad de cinco votos el proyecto de ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, en el que se anunció que Banco Azteca, Sociedad Anónima e Institución de Banca Múltiple desistió del amparo.
Primero: se tiene por desistida la parte quejosa de la presentación de la demanda de amparo, así como de la interposición del presente recurso de revisión. Segundo: se revoca la sentencia recurrida. Tercero, se sobresee en el juicio de amparo. Cuarto, queda sin materia la revisión adhesiva
, determinó el proyecto.
Banco Azteca había argumentado que el BdeM se extralimitó en sus funciones al atribuirse la facultad exclusiva de normar los traspasos interbancarios, violando con ello artículo 28 constitucional.
El juicio impugnó los artículos 17 Bis, primero y Tercero Transitorios, y el anexo 28 de la Circular 12/2019 publicada por el BdeM el 3 de octubre de 2019 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), dirigida a las instituciones de crédito y sociedades financieras respecto a Modificaciones a la Circular 3/2012 sobre transferencias electrónicas.
Entre otras afectaciones que acusó Banco Azteca, señaló que con la entrada en vigor del artículo 17 Bis la empresa se vio obligada a pedir permiso ante BdeM para seguir operando el cobro y pago con QR –de diseño propio– y que operaba con sus clientes a través de sus plataformas digitales desde tiempo atrás. Sin embargo, el banco central negó el permiso.