Lunes 1º de julio de 2024, p. 8
El primer tribunal colegiado en materia administrativa en el estado de México ordenó a la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) modificar su legislación en materia de sustanciación de procedimientos disciplinarios para adolescentes, tomando como base el interés superior de ese sector.
El Consejo de la Judicatura Federal informó que al analizar el recurso de revisión 520/2023 contra la sanción de seis meses de suspensión de los derechos escolares, impuesta a un alumno del CCH Naucalpan, quien presuntamente incurrió en violencia de género hacia su novia, el tribunal colegiado encontró que la máxima casa de estudios carece de procedimientos y personal capacitado para cumplir con el criterio de justicia adaptada.
En el proyecto de sentencia, elaborado por la magistrada Julia María del Carmen García González y aprobado por unanimidad, se aplicó un enfoque interseccional con diversos instrumentos para dilucidar el caso y se abordaron temáticas como: juzgar con perspectiva de infancia y adolescencia, adolescentes en conflicto con la ley y juzgar con perspectiva de género.
Especial énfasis se hizo en el procedimiento seguido por el tribunal universitario para emitir su resolución, a partir de la recolección de pruebas y testimoniales.
Se indicó que durante la declaración del posible agresor no se contó con un abogado especializado en justicia para adolescentes, además de que no se integraron pruebas especiales, como las periciales, en trabajo social, sicología, siquiatría e informática para conocer su situación, entre otros aspectos.
Lo anterior permitió corroborar que la UNAM no cuenta con personal capacitado para llevar procedimientos de esta naturaleza y tampoco con una legislación aplicable para adolescentes. Todo ello propició que se vulneraran los principios constitucionales y convencionales de legalidad, debido proceso, proporcionalidad, interés superior de la infancia y adolescencia, mínima intervención o excepcionalidad y especialización.
La magistrada indicó que si bien se podría dar lugar a ordenar la reposición del proceso, esto no es viable, entre otras razones porque no existen las condiciones materiales ni una legislación universitaria que atienda el criterio de justicia adaptada para adolescentes. Además, hay la posibilidad de revictimizar a la denunciante.