Política
Ver día anteriorJueves 23 de mayo de 2024Ver día siguienteEdiciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio
Autoriza SCJN consumo de bebidas y alimentos en áreas para fumadores

El fallo aplica sólo para restaurantes en Morelos cuya dueña interpuso un amparo

 
Periódico La Jornada
Jueves 23 de mayo de 2024, p. 14

El máximo tribunal del país concedió la protección de la justicia federal a una empresaria de Morelos en contra del reglamento de control del consumo de tabaco, y autorizó que en los restaurantes que administra el quejoso, entre ellos Hostería San Carlos, se vendan y consuman bebidas y alimentos en áreas destinadas a fumadores.

La decisión se tomó por tres votos contra dos. Las ministras Yasmín Esquivel Mossa y Lenia Batres se manifestaron en contra del proyecto presentado por el ministro Alberto Pérez Dayán.

Las ministras Batres y Esquivel manifestaron que su voto en contra de otorgar el amparo a María Jesús Hernández Infante, quien aparece como persona física con actividad empresarial y cuyo régimen fiscal es ocupado para facturar en diversos comercios hoteleros y restauranteros en la zona de Cuernavaca y Temixco, se sustentó en que el consumo de productos o derivados del tabaco provocan daños a la salud.

En la argumentación esgrimida por el ministro Pérez Dayán se menciona: se desestima el agravio hecho valer por las autoridades recurrentes, debido a que este alto tribunal arriba a la conclusión que el Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, va más allá de lo establecido en la ley en contravención de los principios de reserva de ley y de subordinación jerárquica, al indicar que en las zonas exclusivamente para fumar, estará prohibido brindar la prestación de cualquier servicio o consumo de alimentos, bebidas o entretenimiento.

Ello significa que el apartado relacionado con las áreas exclusivas para el consumo de tabaco y que se validó en el reglamento, no está contemplado en la ley como un sitio en el que no se pueden comercializar productos alimenticios o bebidas.

Por ello se concluyó con el desechamiento del recurso de revisión interpuesto por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, y se otorgó la protección a la solicitante del amparo, María Jesús Hernández Infante.