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Gálvez impugna multa que le impuso el TEPJF
 
Periódico La Jornada
Lunes 6 de mayo de 2024, p. 6

La candidata de la coalición PAN, PRI y PRD, Xóchitl Gálvez, volvió a impugnar una sentencia de la sala regional especializada, la cual determinó que violó las reglas de propaganda electoral por mostrar rostros de menores de edad en videos de campaña sin permisos establecidos.

El próximo miércoles, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) decidirá si le da la razón o confirma que ella y los partidos que la postulan deben pagar la multa por esta infracción.

La resolución emitida por la sala especializada declaró la existencia de la infracción consistente en la vulneración a las reglas de difusión de propaganda electoral por la aparición de niñas, niños y adolescentes atribuida en la publicación de un video el primero de marzo de 2024, realizada en su perfil de Facebook, por lo que se le impuso una multa.

Por otra parte, la sala superior deberá analizar si la abanderada de la coalición Fuerza y Corazón por México incurrió en la coacción del voto a empleados de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), a raíz de una impugnación de un ciudadano que pidió no dar a conocer sus datos personales.

Esa persona se inconformó con la decisión de la unidad técnica de lo contencioso electoral del INE, quien determinó que Gálvez no incurrió en coacción del voto, por lo que será la sala superior la que tenga la decisión final sobre este tema.

De acuerdo con la lista preliminar de asuntos que discutirá el pleno del TEPJF el miércoles 8 de mayo, no existe ninguna impugnación del PAN, PRI o PRD respecto a la negativa que les dio el INE sobre la candidatura a diputado plurinominal de Francisco Javier García Cabeza de Vaca, tras el segundo intento de que fuera registrado como aspirante.

Lo que sí discutirá la sala superior es un tema de calumnia contra Santiago Creel, coordinador de la campaña de Gálvez, y el presidente nacional del PRI, Alejandro Moreno, luego de que Morena se quejó porque la unidad técnica de lo contencioso electoral del INE determinó que ninguno de los dos actores políticos habían incurrido en dicha infracción.