Viernes 19 de abril de 2024, p. 33
El partido Morena presentó una queja ante el Instituto Electoral local en contra del candidato a la alcaldía de Coyoacán por la coalición Va por la Ciudad de México, Giovani Gutiérrez, por promoción personalizada con recursos públicos y actos anticipados de campaña.
El senador del partido oficial César Cravioto pidió que se le sancione y, de ser su caso, se le retire la candidatura, tras señalar que el panista usa el mismo lema que utilizó durante su gestión en su campaña para relegirse como alcalde.
Esto debe ser castigado. No puede ser que como alcalde haya manejado esta imagen y como candidato también. Esto está penadísimo
, expresó, al confiar en que el instituto y el tribunal electorales de la ciudad tomarán cartas en el asunto.
Por su parte, Hannah de Lamadrid, candidata común de la coalición Sigamos Haciendo Historia a la alcaldía Coyoacán, aseguró que hay pruebas suficientes que evidencian como el abanderado de la oposición está violando la ley electoral al utilizar el mismo eslogan: Imparable
, durante su gobierno y su campaña.
Aseguró que desde el primer año de su gobierno utilizó el eslogan imparable
en sus informes, y es el mismo que mantiene para promover su imagen en la búsqueda de la relección. Estos hechos constituyen actos anticipados de campaña y promoción personalizada con recursos públicos
, expresó.
La abandera de los partidos Morena, del Trabajo y Verde Ecologista mostró imágenes donde se puede observar la propaganda gubernamental que utilizó el panista para difundir sus acciones en redes sociales, bardas, vehículos oficiales y hasta en los cuadernos escolares que repartió para difundir su gestión.
La morenista aseguró que también utiliza los programas sociales para fortalecer su candidatura. Ellos piensan que todo lo que corresponde a la alcaldía es de su propiedad, incluido el gobierno, incluidas las poquititas acciones de gobierno que realizaron
, expuso.
Sostuvo que con estos actos viola el artículo 134 constitucional, que establece que la propaganda de las dependencias y entidades de la administración pública deberá tener carácter institucional y con fines informativos, educativos o de orientación social, y no deberá, en ningún caso, incluir nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada.