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Se oponen asociaciones de abogados a la reforma a la Ley de Amparo

Prohibir los efectos generales daña los derechos de las personas, indican

 
Periódico La Jornada
Lunes 15 de abril de 2024, p. 10

Al manifestarse en contra de la reforma a la Ley de Amparo que prohíbe que tengan efectos generales las suspensiones provisionales o definitivas, colegios y asociaciones de abogados señalaron que esa restricción lastima y hasta podría violentar los derechos de las personas.

El amparo es el instrumento protector de los derechos y la suspensión es la garantía de dicha protección. Esta última consiste en la adopción de medidas cautelares temporales, en tanto dure un juicio y se emita sentencia definitiva. Además, puede ser impugnada por la autoridad y ser revocada o modificada, explicaron.

Luego de que el proyecto fue aprobado en comisiones del Senado y se prevé que se analice en el pleno en esta semana, Ricardo Ríos Ferrer, Juvenal Lobato y Federico Martens, representantes de las agrupaciones de abogacía, pidieron no satanizar la suspensión, pues se trata de una medida temporal que garantiza piso parejo en temas de competencia económica, salud y medio ambiente.

Por ejemplo, en el mercado eléctrico, si uno de los jugadores pide un amparo y éste tiene 50 competidores, con la reforma que se discute podrá obtener una suspensión para su caso específico y seguir jugando con las reglas previas, mientras los otros tendrán que modificar conductas y adecuarse a las nuevas normas.

Se puede crear un monopolio de quien está en situación de privilegio. Pero si a esa persona le dan una suspensión con efectos generales, se beneficia a los demás temporalmente, para que todos estén al parejo y ninguno tenga un privilegio respecto a otro, añadieron.

Reconocieron que algunas empresas han abusado de los amparos, pero no por esto se puede afectar a los demás.

Insistieron en que la suspensión es una herramienta de defensa frente al poder público, y si ésta se limita, el que pierde es el pueblo.