Ratifica amparo para familiares de Lucio Cabañas que fueron torturados
Martes 19 de marzo de 2024, p. 10
La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revisará mañana un proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien plantea ordenar a la Fiscalía General de la República (FGR) investigar a fondo los delitos de lesa humanidad cometidos durante la guerra sucia, al ratificar un amparo concedido a familiares de Lucio Cabañas.
Se trata del juicio impulsado por Juana, Rosa Elena e Irene Nava Cabañas, así como por Flavia Cabañas Gómez, quienes denuncian que entre 1972 y 1973 fueron detenidas ilegalmente y torturadas durante 10 horas por integrantes de la extinta Dirección Federal de Seguridad con el fin de revelar la ubicación del líder guerrillero.
Externaron que durante esa época la política del gobierno estatal y del Estado mexicano fue exterminar a la guerrilla, con facultades prácticamente ilimitadas a fin de contrarrestar sus efectos y lograr el control de la población civil, que se sospechaba eran simpatizantes, ya fuera en el ámbito rural o urbano.
“El Ejército Mexicano llevó a cabo ejecuciones extrajudiciales y las personas detenidas eran torturadas en instalaciones militares o en cárceles clandestinas, al tiempo que las poblaciones rurales prácticamente vivían en estado de sitio.
Además se les prohibía a los habitantes circular sin salvoconducto militar con el riesgo de ser detenidos, impidiendo el abastecimiento de alimentos y medicinas. Todo esto se llevaba a cabo mediante la creación de grupos paramilitares que operaban con absoluta impunidad
, expusieron en su demanda.
Ante esto, el ministro González Alcántara propone ratificar el amparo, pero también ampliar los alcances de la protección constitucional otorgada a las quejosas. Esto incluye llegar al fondo de las investigaciones.
No podrá decretarse el no ejercicio de la acción penal si existen pruebas suficientes para acreditar que los hechos denunciados se encuentran bajo la clasificación de lesa humanidad. La investigación deberá evidenciar que las conductas desplegadas por las autoridades en contra de las quejosas fueron parte de un ataque en contra de la población civil. Además, el Ministerio Público deberá tomar en cuenta el ataque generalizado, constante y sistemático que sufrieron familiares, grupos y personas cercanas.
Incluso se expone que deben prevalecer las consideraciones de esta sentencia respecto al recuento histórico de la guerra sucia, el desarrollo de las normas internacionales referentes a los crímenes de lesa humanidad y, sobre todo, la doctrina respecto al derecho a la verdad.