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Congreso de NL deberá reponer la elección del fiscal general, ordena SCJN
 
Periódico La Jornada
Jueves 15 de febrero de 2024, p. 10

El Congreso de Nuevo León deberá reponer el procedimiento para elegir al titular de la Fiscalía General de Justicia de esa entidad, determinó la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

El máximo tribunal consideró que se violaron los procedimientos definidos por el pleno del Congreso para elegir al fiscal estatal, que se modificaron en noviembre de 2022, cuando los nueve integrantes de la Comisión Anticorrupción eliminaron el requisito que obliga a los aspirantes al cargo a presentar una carta de no antecedentes penales.

Desde entonces, el procedimiento se encuentra detenido, luego de que el gobernador de la entidad, Samuel García, presentó una controversia constitucional en noviembre de 2022, y hasta este miércoles la segunda sala se pronunció al respecto.

En la sentencia del caso, los ministros aceptaron por unanimidad el proyecto de sentencia elaborado por Luis María Aguilar Morales para la controversia constitucional 238/2022, ya que a su consideración, la Comisión Anticorrupción no tiene facultades para modificar las reglas determinadas en la convocatoria para elegir al fiscal general de justicia de la entidad.

Procedimiento irregular

Tras un análisis del caso, la segunda sala de la SCJN, integrada por las ministras Yasmín Esquivel Mossa, Lenia Batres Guadarrama y los ministros Aguilar Morales, Alberto Pérez Dayán y Javier Laynez Potisek, concluyó que el procedimiento establecido por el Congreso local era irregular porque dicha comisión está integrada por nueve diputados y el pleno se integra por 26, por lo que no sería factible que una minoría de diputados pudiera cambiar las bases de una convocatoria emitida por el pleno.

Los ministros de la segunda sala destacaron que la invalidez del acuerdo tiene como consecuencia que se reponga el procedimiento de selección a partir de que se modificó la convocatoria, en el entendido de que la comisión deberá, con libertad de decisión, continuar con su sustanciación y, en su momento, emitir la lista final de aspirantes al cargo respectivo, observando el cumplimiento de todos los requisitos, incluyendo la presentación de la carta de no antecedentes penales.