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Urge Malú Micher a desahogar minutas sobre el cuidado digno y la objeción de conciencia
 
Periódico La Jornada
Domingo 21 de enero de 2024, p. 14

La presidenta de la Comisión para la Igualdad de Género del Senado, Malú Micher, consideró que pese a los muchos pendientes y a las iniciativas que el presidente López Obrador remitirá al Senado en el próximo periodo de sesiones de febrero, deben desahogarse minutas pendientes que son fundamentales, entre ellas la ley que crea el Sistema Nacional de Cuidados y la que regula la objeción de conciencia en instituciones de salud o educativas, tanto públicas como privadas.

En entrevista, recordó que desde hace más de tres años está pendiente en el Senado la minuta que les remitieron los diputados con las reformas a los artículos 4 y 76 constitucionales para establecer el derecho al cuidado digno.

Está también pendiente la Ley que crea el Sistema Nacional de Cuidados, iniciativa que presenté con senadores de otros partidos y que es urgente aprobar para hacer justicia a las mujeres que deben atender a niños y adultos mayores enfermos o discapacitados.

La senadora Micher explicó que la iniciativa fue elaborada con organizaciones de la sociedad civil, el sistema de Naciones Unidas y tomando en cuenta las buenas prácticas que se dieron en otros países en esa materia, como Uruguay. Es un pendiente que tenemos que sacar lo más pronto posible, antes de que concluya la legislatura, agregó.

El problema con el que se han topado es que en la Secretaría de Hacienda existe la percepción de que esa reforma implica una erogación muy fuerte a las finanzas públicas, lo que no es cierto. Es más caro, sostuvo, no aprobarla, porque su puesta en marcha permitiría a las mujeres que tienen que cuidar al mismo tiempo a sus padres, hijos o esposos enfermos o discapacitados, integrarse al mercado laboral en condiciones de igualdad.

La otra minuta que desde la comisión a su cargo van a impulsar, dijo, es la que ya se aprobó en la Cámara de Diputados a fin de cumplir con un mandato de la Suprema Corte, que ordenó al Congreso legislar en materia de objeción de derechos de conciencia.

Un médico puede negarse por cuestiones religiosas, ideológicas o de cualquier otra a practicar un aborto, o un maestro a dar educación sexual a sus alumnos porque su conciencia no se lo permite. Está bien, es su derecho, pero el hospital, sanatorio o plantel educativo de que se trate no es objeto de conciencia y tiene que garantizar que se proporcione el servicio, recalcó.