Tiene 15 días para elaborar dictamen
El Ejecutivo aseveró que el asunto merece ser resuelto por el máximo tribunal dada su trascendencia
Domingo 10 de diciembre de 2023, p. 4
Por decisión de la ministra Norma Piña Hernández, presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), los integrantes de la segunda sala serán los encargados de resolver si aceptan analizar 52 solicitudes de atracción formuladas para que el máximo tribunal del país resuelva los juicios de amparo presentados contra la extinción de 13 fideicomisos del Poder Judicial de la Federación (PJF).
Lo anterior en respuesta a la petición de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo Federal, respecto del juicio de amparo 1853/2023, que correspondió conocer al juzgado 12 de distrito en materia administrativa, en el cual se reclama el decreto por el cual se adicionó un párrafo al artículo 224 de la Ley Orgánica del PJF y que se publicó el pasado 26 de octubre, que ordena la desaparición de 13 fideicomisos.
Notoriamente improcedente
La Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo argumentó que el asunto que nos ocupa reviste tal interés y trascendencia, que debe ser atraído y resuelto de manera prioritaria por la SCJN, tanto por el recurso de queja que se interpone como por el propio juicio. La jueza admitió a trámite una demanda notoriamente improcedente, promovida contra una norma de carácter general que la quejosa aduce que lesiona el principio de independencia judicial respecto del PJF
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La respuesta dada a la solicitud planteada señala: Dígase a la solicitante que no se reúnen los requisitos constitucionales para ejercer la facultad de atracción
, pues, agrega el acuerdo, no se considera esta posibilidad en los artículos 105 y 107 de la Constitución, ya que la SCJN no puede ejercerla para emitir sentencias en juicios de amparo directo en primera instancia
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Por esa razón, ordenó que la petición pase al ministro de la segunda sala de la SCJN en turno, para que en un plazo de 15 días elabore un dictamen en el que debe resolver si ejerce o no dicha facultad y posteriormente su propuesta será discutida en el pleno o en sala, y si alguno de éstos decide ejercer la facultad de atracción, se abocará al conocimiento; en caso contrario, devolverá los autos al tribunal original
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En esa situación se encuentran 52 recursos de amparo y el mismo número de solicitudes de atracción, de acuerdo con los registros de la Corte.
Para el trámite de los 52 asuntos, la SCJN ordenó a los tribunales colegiados que han otorgado suspensiones contra el decreto y la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo ha presentado recursos de apelación, que suspendan la emisión de resoluciones hasta en tanto la segunda sala de este alto tribunal resuelva lo conducente sobre la presente solicitud de atracción
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