Viernes 1º de diciembre de 2023, p. 6
Por unanimidad de votos, la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó una reforma al artículo 2 constitucional, para reconocer a pueblos y comunidades indígenas, así como a afromexicanos, como sujetos de derecho público.
Se trata de agregar un segundo párrafo a dicho artículo, que incluye apenas dos líneas, para precisar dicho reconocimiento.
No obstante, los legisladores destacaron el alcance de la definición. Con esta reforma recuperamos los compromisos de los acuerdos de San Andrés Larráinzar y del levantamiento zapatista
, expresó la presidenta de la Comisión de Asuntos Indígenas y Afromexicanos, Irma Juan Carlos (Morena), quien presentó la iniciativa.
La comisión señaló en sus consideraciones que la reforma sobresale por el valor del reconocimiento del carácter de sujeto de derecho público a los pueblos y comunidades originarios, así como afromexicanos, como valor superior para el Estado mexicano, como un ente plurinacional que así reivindica la lucha social e histórica de sus pueblos naturales y afromexicanos
.
En la iniciativa, la legisladora planteó que esos pueblos sean reconocidos como sujetos de derecho público que les permita ejercer a cabalidad su autonomía.
Como parte del contexto de la modificación legal, la comisión recordó que la fuente del reconocimiento de los pueblos y comunidades originarios, su autonomía, cultura, sistemas normativos y de gobierno propio, lengua, modo de vida y cosmovisión tiene como referente la rebelión zapatista de 1994, que derivó primero en los acuerdos de San Andrés Larráinzar de 1996, y después en la modificación del artículo 2 de la Constitución, que incluyó el carácter y derechos de los pueblos y comunidades originarios, y las obligaciones del Estado mexicano frente a dichas garantías.
No obstante, aquella reforma publicada en agosto de 2002 y que está vigente, solo reconoció en los pueblos y comunidades indígenas el carácter de entidades de interés público, lo que les atribuye una calidad jurídica precaria para su talante y derechos
.
El dictamen incluye la obligación al Congreso de la Unión y a las legislaturas estatales a que, a más tardar un año después de que entre en vigor la reforma, aprobarán leyes y harán los cambios necesarios para ajustarlas a la nueva obligación hacia las comunidades indígenas y afromexicanas.