Política
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Paridad inconstitucional
E

l Instituto Nacional Electoral (INE) decidió, para las elecciones de junio de 2024 de gobernadores de Chiapas, Guanajuato, Jalisco, Morelos, Puebla, Tabasco, Veracruz y Yucatán y jefe de gobierno de la Ciudad de México, que los partidos políticos deben postular como candidatos a cinco mujeres y cuatro varones. Esta es una decisión anticonstitucional, pues vulnera derechos de ciudadanas o ciudadanos, según sea la decisión de cada partido en las entidades en las que por mandato del INE postulen o mujeres o varones.

Se trata de elegir a los titulares de los poderes ejecutivos locales en esas entidades, esto es, elegir a una única persona. No se trata de cargos que desempeñe un par o varios pares de personas, en cuyo caso sería explicable la paridad. Se trata de elegir a uno, mujer o varón, que se de-sempeñará como cabeza del Poder Ejecutivo local, y esa decisión del INE afecta derechos en unos casos de mujeres, en otros casos de varones, pues ¿qué tiene que ver Chiapas con Morelos o Guanajuato con Tabasco o Puebla con Jalisco o Veracruz con Yucatán, o cualquiera de estos con la Ciudad de México?

¿Por qué razón, por qué principio constitucional una decisión aplicable sólo a Morelos debe condicionar lo que se decida en Veracruz o en cualquier otra entidad del país? No encuentro ningún principio legal en la legislación federal ni en las estatales que establezca que lo que se decida para una entidad determinada, por los órganos competentes para ello, deba o pueda aplicarse extraterritorialmente en otras jurisdicciones y para otras ciudadanías.

Por otra parte, cuando se trata de posiciones individuales, un gobernador o gobernadora, un presidente o presidenta municipal, etcétera, no puede obligarse a la paridad, a menos de vulnerar los derechos de ciudadanas o de ciudadanos en esa jurisdicción.

Ahora bien, debe reconocerse que se han dado importantes avances en la legislación buscando la igualdad entre personas de diferentes géneros, pero no se han alcanzado las condiciones de igualdad efectiva, lo que constituye un rezago serio de nuestra democracia. Hasta ahora, como víctimas de violencia, en acceso a la educación, a mejores ingresos económicos, a oportunidades políticas, en la práctica, la desigualdad y la discriminación juegan en favor de los varones.

Corresponde a los gobiernos instrumen-tar medidas de acción afirmativa para corregir y superar esas condiciones, y toca también a las organizaciones de la sociedad poner en práctica este tipo de medidas. En particular, los partidos políticos tienen la obligación de adoptar acciones que representen avances para lograr la igualdad entre personas de los distintos géneros. Pero ni los gobiernos, ni las organizaciones de la sociedad, ni los partidos políticos debieran promover la adopción de medidas que buscando avances en la igualdad, atropellen los derechos de, bien puede decirse, la mitad de la ciudadanía en jurisdicciones determinadas.

Hoy tenemos a la vista dos mujeres candidatas a presidentas de la República de las dos agrupaciones políticas más importantes del país, y me atrevo a pensar que a nadie se le ocurriría exigir a estas agrupaciones paridad para la selección de esas candidaturas.