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Activistas rechazan que las reformas criminalicen al personal médico

Objeción de conciencia ha sido un obstáculo para abortar: especialistas

 
Periódico La Jornada
Domingo 5 de noviembre de 2023, p. 14

La objeción de conciencia históricamente ha sido uno de los grandes obstáculos para acceder a los servicios de salud sexual y reproducción particularmente para el aborto en los hospitales, por lo que son positivas las reformas aprobadas el martes pasado por la Cámara de Diputados a la Ley General de Salud (LGS) para que en todos los nosocomios se cuente con personal médico no objetor, manifestaron organizaciones.

Refirieron que las reformas responden a lo resuelto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que en septiembre de 2021 invalidó el artículo 10 bis de la LGS, debido a que su redacción era deficiente y permitía abusos en materia de objeción de conciencia, es decir negar el servicio por motivos éticos, religiosos o ideológicos, y exhortó al Congreso de la Unión a que legisle.

Ninde MolRe, coordinadora de incidencias en Abortistas Mx, expuso en entrevista que es recurrente que a las mujeres se les niegue la interrupción legal del embarazo, incluso en casos de violación o por cuestiones de salud, bajo el argumento de que no hay personal no objetor de conciencia o que en el estado no está legalizado.

A su vez, Marisol Escudero, coordinadora de contenidos y estrategia jurídica de Ipas Latinoamérica y el Caribe, destacó que antes la objeción de conciencia no estaba regulada de manera adecuada dentro de un marco de respeto a los derechos humanos, porque no establecía límites o lineamientos necesarios para que pudiera ser ejercida sin poner en riesgo los derechos de las personas, en especial el de la salud.

En este sentido, al igual que Abortistas Mx y el Instituto de Liderazgo Simone de Beauvoir (ILSB), rechazó los señalamientos de algunos colegios de médicos y de legisladores panistas que han dicho que con las reformas se puede criminalizar injustificadamente al personal.

Los profesionales de la salud sí tienen un derecho a la objeción de conciencia como lo ha reconocido la SCJN, pero éste nunca puede representar en la práctica la violación al derecho a la salud. Por ello, la importancia de que conozcan y actúen conforme a los criterios establecidos por la Corte, enfatizó Escudero.

Al respecto, Friné Salguero, directora del ILSB, señaló que el máximo tribunal también es muy claro cuando dice que es anticonstitucional perseguir el delito de aborto consentido y lo hace tanto para las personas que tienen una necesidad de esta práctica como para el personal médico que las atienda.