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Inexistente, omisión de Morena ante queja de Ebrard: tribunal
 
Periódico La Jornada
Jueves 5 de octubre de 2023, p. 9

Las quejas vinculadas a los procesos en Morena y aliados y en el frente opositor continúan, tanto en lo interno como en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

La sala superior del TEPJF determinó ayer inexistente la omisión de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena de tramitar la queja del ex canciller, inconforme con el proceso para elegir al coordinador de defensa de la Cuarta Transformación. No obstante, el TEPJF exhortó a la comisión a resolver la inconformidad del ex canciller dentro de los plazos legalmente establecidos.

Ebrard impugnó el 10 de septiembre los resultados del proceso (favorables a Claudia Sheinbaum), emitidos el 6 de septiembre, y el 21 de ese mes pidió la intervención de la sala superior para que fuera admitida su queja en Morena.

Fue declarada la inexistencia de la omisión porque el pasado 29 de septiembre la Comisión de Honestidad y Justicia admitió el trámite.

En otro asunto, el TEPJF ordenó al Frente Amplio por México (integrado por PAN, PRI y PRD) entregar la documentación que sustentó la negativa para que Miguel Ángel Mancera continuara en el proceso para definir al responsable de la construcción de esa coalición.

Si bien el PRD notificó al ex jefe de Gobierno la negativa, no se acreditó que el ciudadano conociera las razones por las cuales las firmas que entregó para seguir participando (en la segunda etapa del proceso) no fueran consideradas válidas.

Por mayoría de votos, el tribunal concluyó que fue insuficiente la respuesta de que la información requerida estuvo a disposición de Mancera, como archivo adjunto al informe circunstanciado. Este hecho debió estar respaldado con la prueba de que se le entregó, con el fin de garantizar su debida defensa.

En asunto aparte, la sala superior rechazó la petición de Ulises Ruiz de eliminar la obligatoriedad de usar la aplicación móvil para recabar el apoyo de la ciudadanía a quien aspire a una candidatura independiente a la Presidencia de la República. Los magistrados indicaron que la demanda es extemporánea, porque los requisitos fueron definidos en julio pasado y la demanda se presentó en septiembre.

Los casos expuestos por el ex gobernador de Oaxaca son aislados y en modo alguno pueden justificar que se permita el uso del formato impreso, dijo el TEPJF.