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Nuevos pasos en la universalización de los servicios de salud
C

omo en otros campos, México tiene una historia de intentos por garantizar el acceso a los servicios de salud para toda la población; esfuerzo que viene del ideario de la Revolución Mexicana. Sin embargo, lejos de ser un esfuerzo sostenido, ha tenido avances y retrocesos. En los hechos, y no sólo normativamente, la universalización del acceso a los servicios públicos de salud sólo se había logrado en el entonces Distrito Federal durante el gobierno de Andrés Manuel López Obrador con el nombre Servicios Médicos y Medicamentos Gratuitos.

A nivel nacional se optó por comenzar el sistema del Seguro Popular, proyectado sobre el sistema descentralizado de salud. Son de subrayar dos características del sistema descentralizado. Por un lado, su implantación tuvo interrupciones, en particular durante el salinato por su inoperancia. La última entidad descentralizada fue el Distrito Federal en 1997. La descentralización ha dejado muchos problemas sin resolver hasta hoy. Sobre ella se montó la nueva política de salud, el del Seguro Popular (SP), durante el gobierno de Fox. La novedad del SP fue separar las funciones de financiamiento, regulación y prestación de servicios, o sea, una política tendiente a mercantilizar la salud con competencia entre prestadores públicos y privados.

Es decir, el SP nunca se pensó como un prestador de servicios, sino como un sistema de financiamiento para la parte de la población sin una relación laboral y, por tanto, sin posibilidad de ser incluida en un sistema de seguro social laboral. Aunque de forma propagandística se presentaba el Seguro Popular como equivalente del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste), en la realidad los primeros cubrían todos los servicios de salud y el SP sólo un paquete básico y un número restringido de padecimientos de alto costo. Existía también desde 1977 el Programa IMSS para la población rural pobre.

Es sobre este tejido institucional que se está tratando de llegar a la realización del derecho a la salud para todo el pueblo. Al respecto hay que aclarar de entrada que IMSS ordinario, el programa IMSS-Bienestar y el organismo público descentralizado IMSS-Bienestar (Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar) son distintos. El primero es un programa del IMSS ordinario y el segundo una política general.

A principios de mayo salió un decreto que modifica la Ley General de Salud (LGS) y extingue Insabi y precisa cuales son las funciones del IMSS-Bienestar OPD (órgano público descentralizado). La función más importante es prestar los servicios médicos a la población sin seguridad social laboral. En la anterior versión de dicha ley el Insabi, en principio, tenía esa función, sin embargo, nunca lo realizó. Sólo llegó a firmar convenios generales de federalización con los estados, pero no se concretó la transferencia de los servicios de salud en ningún estado. Se limitó a invertir en hospitales y centros de salud inacabados o a comprar equipo y medicamentos. Por su poca eficiencia en las compras de medicamentos se invitó a la Oficina de Naciones Unidas de Servicios para Proyectos a realizar estas compras, sin mucho mejores resultados. El pretexto de este fracaso es la pandemia, cuando en realidad se debió a la falta de comprensión de este complejo problema, que no se restringe a la compra, sino también a la distribución. Este tema ha dejado una cauda de problemas, que todavía hay que resolver.

El decreto transfiere al OPD IMSS-Bienestar la función de la federalización voluntaria de prestación de los servicios médicos de los estados. Sin embargo, sigue en pie la gratuidad de los servicios médicos y medicamentos, lo que significa que en los no-federalizados las SESA están obligados a garantizarla.

La federalización va junto con la transferencia de unidades médicas, dignificadas y equipadas por IMSS-Bienestar; la garantía de operación 7 por 24 en los hospitales, incluyendo a los pequeños; el abasto suficiente de insumos; el personal médico y técnico requerido con las especialidades básicas, y la regularización del personal médico irregular. Existen, además, indicadores para dar seguimiento a la operación y señalamientos sobre el control de la calidad de los servicios. La Secretaría de Salud federal preserva la planeación y rectoría del sistema nacional del sector. Se plantea, además, un Sistema Nacional de Salud Pública.

Hay precisiones en el decreto sobre los mecansimos de financiamiento tanto de IMSS-Bienestar como de las funciones que mantienen los estados; por ejemplo, los programas nacionales y epidemiológicos. Sin embargo, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público tiene la última palabra sobre los montos, a pesar de que la ley señala que el presupuesto de salud nunca puede ser inferior que el del año antecedente. Debe entenderse que este proceso de universalización es de alta complejidad y a todas luces transcurrirán varios años para consolidarlo.