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Difunde STPS restricciones laborales para contratar a menores entre 15 y 17 años
 
Periódico La Jornada
Martes 13 de junio de 2023, p. 16

Los menores trabajadores de entre 15 y 17 años no pueden laborar en establecimientos no industriales después de las 10 de la noche, en expendios de bebidas embriagantes de consumo inmediato, en trabajos susceptibles de afectar su moralidad o buenas costumbres o en tareas que por su naturaleza representen un riesgo, se indica en una guía emitida por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) a los empleadores en el país.

En el documento, difundido en el marco del Día contra el Trabajo Infantil, se aclara a los empresarios que los menores trabajadores no pueden laborar horas extras, y sus jornadas deben ser de máximo seis horas al día.

La guía, que fue elaborada por la Comisión Intersecretarial para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y la Protección de Adolescentes Trabajadores en Edad Permitida en México (CITI), la cual la preside la Secretaría del Trabajo, contiene los elementos legales que regulan la participación de en el sector laboral de menores de 15 a 17 años.

Entre las acciones que tienen prohibidas para este sector poblacional, se encuentra el hacer esfuerzo físico moderado y pesado; levantar cargas superiores a los siete kilogramos; mantener posturas forzadas, o con movimientos repetitivos por períodos ­prolongados.

Además, no pueden manejar, transportar, almacenar o despachar sustancias químicas peligrosas, así como manejar, operar y dar mantenimiento de maquinaria o equipo que puedan generar amputaciones, ni manejar vehículos motorizados.