"La Jornada del Campo"
Número 186 Suplemento Informativo de La Jornada Directora General: Carmen Lira Saade Director Fundador: Carlos Payán Velver
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Incertidumbre jurídica por sucesión de derechos:vulnerabilidad invisibilizada de las mujeres rurales

Gabriela Torres-Mazuera CIESAS

Tras 16 años de trámites ante el Registro Agrario Nacional (RAN) y otras dependencias, Juanita Pech, de 79 años, logró la sucesión de derechos agrarios de su concubinario fallecido 20 años atrás. El proceso fue complicado y muy tardado por un conjunto de factores: inicialmente Juanita no contaba con información suficiente y adecuada para realizar el trámite, además de que ella trabajaba y no tenía mucho tiempo para viajar a Mérida, ciudad donde se localizan las oficinas del Registro Agrario Nacional, delegación Yucatán. En su ejido, le dijeron que “si el sobre de sucesión no era abierto en un plazo de tres años de que falleció su esposo, el derecho se perdía”. Esta información incorrecta, la desanimó. Los sucesivos comisarios ejidales tampoco facilitaron el trámite para la trasmisión de derechos. La incertidumbre en su situación, compartida por un grupo grande de mujeres del mismo ejido (al menos otras quince mujeres,) la excluyó de los pagos que periódicamente recibían los ejidatarios vigentes en el padrón por el arrendamiento de un área de las tierras de uso común del ejido. Finalmente, siete años después de que su pareja falleciera, Juanita logró asesoría por parte de un visitador agrario.

El siguiente reto al que se enfrentó Juanita fue contar con todos los documentos completos para acreditar el interés jurídico en la apertura del sobre de sucesión. Esto supuso viajes repetidos a las oficinas del Registro Civil, al Registro Agrario Nacional (RAN) y a dos tribunales ubicados en Mérida, donde ella debió iniciar procesos judiciales para acreditar la relación de concubinato con su pareja fallecida y para la corrección de nombres que no correspondían entre el acta de defunción y el certificado agrario del ejidatario fallecido. El conjunto de trámites fue desgastante y muy oneroso para Juanita, mujer maya originaria de un ejido localizado a 45 kilómetros de la capital del estado.

La historia de Juanita es bien conocida por cientos de mujeres rurales e indígenas, la mayoría adultos mayores, que por primera vez en su vida tratan con la burocracia agraria para reclamar su derecho de sucesión. Dichas mujeres afrontan barreras de diferente tipo: espacial por las distancias entre sus lugares de residencia y la oficinas del RAN; económicas debido al costos de traslado y de tiempo usado para el trámite; y de información para realizar los trámites que supone la sucesión de derechos. Respecto a éstas últimas, en la narración de Juanita, resulta evidente la falta de apoyo y desinformación provista por los comisarios ejidales en turno, que, en este caso, puede explicarse como un conflicto de interés. La actualización del padrón y los derechos agrarios de sucesores de ejidatarios fallecidos, generalmente mujeres, supone un ingreso menor para los ejidatarios vigentes, respecto al pago por contratos de usufructo y otros ingresos que pueda estar recibiendo un ejido o comunidad.

El interés que el gobierno prestó a la regularización en la tenencia de la tierra ejidal y comunal hasta mediados de los años 2000 ha disminuido sustancialmente. A la fecha solo existen un programa que brinda apoyo técnico y asistencia para la regularización a los núcleos agrarios: el Programa de Regularización y Registro de Actos Jurídicos Agrarios (Rraja). Este programa regulariza la tenencia de tierra en los asentamientos humanos de ejidos que lo solicitan, pero no tiene por objetivo la sucesión de derechos.

En 2021 se inició el proyecto “Mujeres por el acceso a la tierra”, el cual promueven acciones de coordinación entre la Procuraduría Agraria, el Registro Agrario Nacional y los Tribunales Unitarios Agrarios, para facilitar los trámites de sucesión y las diligencias para acreditar identidad de las viudas de ejidatarios. En su primer año de implementación, el proyecto apoyó en 1596 juicios a nivel nacional (SEDATU, s/f)., la cual es una cifra pequeña que supone un mínimo avance frente a la fuerte desactualización de los padrones ejidales y las dificultades que enfrentan las mujeres rurales en situación de incertidumbre jurídica por la sucesión de derechos.

A pesar de todas las barreras arriba señaladas, las mujeres rurales estan logrando la calidad de ejidatarias vía la sucesión de derechos. En la actualidad el 25% de las personas ejidatarias son mujeres. (Procuraduría Agraria, 2020). Sabemos además que la mayor parte de las ejidatarias y comuneras son adultos mayores. En 2022 el 75% de las ejidatarias eran mayores de 50 años, y el 45% superaban los 65 años.

Frente a este panorama, vale la pena preguntarse ¿en qué medida la titularidad sobre las tierras ha significado el empoderamiento de las mujeres en términos de decisión sobre las relaciones productivas asociadas a la tierra y la participación en la asamblea?

Dejamos abierta esta pregunta, fundamental para el futuro de los ejidos mexicanos, para una siguiente entrega. •