Miércoles 15 de marzo de 2023, p. 4
La mayoría de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) apunta a dejar vigentes varios de los artículos de los códigos de Justicia Militar (CJM) y Militar de Procedimientos Penales (CMPP), impugnados por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH). Por lo pronto, desecharon la propuesta de que testigos o peritos civiles no puedan ser llamados a comparecer en juicios del fuero castrense.
Los ministros se pronunciaron en contra del proyecto de Luis María Aguilar Morales, quien proponía invalidar cualquier disposición que prevea facultades en favor de las autoridades militares para imponer, por sí, obligaciones o cargas relacionadas con la investigación con delitos o faltas a la disciplina castrense, equivale a sujetar a una persona civil a la jurisdicción militar, lo cual resulta contrario al artículo 13 de la Constitución
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La presidenta del máximo tribunal, Norma Lucía Piña Hernández, explicó que impedir esta colaboración podría incluso retrasar la obtención de justicia: a mi juicio tendría consecuencias adversas para la impartición de justicia, tanto militar como ordinaria, sin obtener a cambio algún objetivo valioso, específicamente, sin proteger los bienes que la Constitución tutela al limitar el fuero de guerra de esa manera
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En esto coincidió el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien explicó: exigir a los tribunales militares actuar a través de tribunales civiles para imponer cualquier obligación o cargas civiles en el curso de la investigación y del juicio, tendría como consecuencia la demora injustificada en la resolución del mismo
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Al final del debate, el ministro Javier Laynez Potisek puso de manifiesto que nunca antes la SCJN había analizado si la jurisdicción militar puede recurrir a testimonios o peritajes civiles en las fases de investigación y juicio de un caso penal.
Una mayoría estaríamos en contra de la propuesta innovadora porque es la primera vez que vemos un asunto de este tipo, en el sentido de decir: ampliemos esa previsión del 13, no solamente a lo estrictamente la jurisdicción penal militar, sino, a todo lo que es la fase investigación del proceso
, planteó.
Dado que la mayoría rechazó el proyecto de Aguilar, el ministro ofreció modificarlo y volver a presentarlo en fecha próxima.
En esta primera sesión sobre el tema, el pleno de ministros sólo invalidó parte de los artículos 10 y 43 del CMPP, por falta de consulta previa entre las comunidades indígenas y las personas con discapacidad, a quienes atañen directamente.