Sábado 18 de febrero de 2023, p. 3
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) nunca prohibió a la ciudadanía el uso del Amlito; la restricción fue para Morena en periodo de contienda electoral, señaló el magistrado Felipe de la Mata Pizaña, durante una conferencia magistral dedicada al tema.
Sin embargo, reiteró el criterio mayoritario de los integrantes de la Sala Superior respecto a que el uso de esa imagen equivale a una intervención del jefe del Ejecutivo en una elección y, en consecuencia, se vulneran los principios constitucionales de neutralidad y equidad.
El asunto surgió el 29 de mayo pasado, cuando desde su cuenta de Twitter, Morena publicó la caricatura utilizada desde 2006, cuando Andrés Manuel López Obrador era candidato a la Presidencia. En aquella época el mensaje que acompañó la imagen fue: Sonríe, vamos a ganar
. Ahora, el partido guinda escribió: Sonríe, este 5 de junio, 6 de 6 para Morena
, en alusión a la contiendas locales venideras.
El tema llegó hasta la Sala Especializada del TEPJF donde, por mayoría de dos contra uno, se admitieron los argumentos del diputado Jorge Álvarez Maynez (Movimiento Ciudadano); los morenistas impugnaron y la Sala Superior ratificó el criterio, pese a que el proyecto, elaborado por el magistrado Jose Luis Vargas, venía en sentido contrario. De hecho, Vargas acusó a sus colegas de censurar selectivamente, en perjuicio de Morena y de López Obrador.
A poco más de un mes de esa sentencia, del 11 de enero de 2023, el magistrado De la Mata puso énfasis en que no se trató de una prohibición a la ciudadanía, sino resolver que los partidos no pueden utilizar imágenes de servidores públicos durante campañas electorales. La imagen (vetada), puntualizó, puede ser en botargas, muñequitos, caricaturas, etcétera.
“La primera duda que nos tiene que surgir es ¿quién está apoyando a los candidatos de Morena? Es la duda que yo les haría: ¿Morena o quién? A ver, sólo con la imagen, el Presidente.
La pregunta es: ¿pueden los servidores públicos, especialmente los de más alta jerarquía, vamos a decirlo así, intervenir en las contiendas electorales? Ahí está el tema
, expuso.
Se busca cumplir el principio que está en la Constitución: los servidores públicos no pueden violar la neutralidad ni la imparcialidad de las campañas, sea en físico, en dichos o con monitos
.
Al final, recalcó que la prohibición no fue ni infinita ni general; tampoco se prohibió el uso del Amlito entre particulares, es más, yo traje mi Amlito, dijo.