La reforma no es retroactiva; rige para quienes cumplen su primer año laboral durante 2023
Viernes 17 de febrero de 2023, p. 12
La reforma que duplicó el número de días de vacaciones tendrá un impacto de entre 2.5 y 2.6 por ciento en los costos laborales de las compañías, indicó la Asociación Mexicana de Empresas de Capital Humano (Amech)
En una videoconferencia sobre la interpretación de la reforma, que incrementó a 12 días las vacaciones en su primer año laboral para los trabajadores, especialistas aclararon las dudas que hay entre las empresas sobre su aplicación.
Jesús Orozco y Eduardo Hernández, presidente y copresidente del Comité Jurídico de la Amech, manifestaron que se ha presentado una interpretación de que podría aplicarse una proporcionalidad en el caso de trabajadores que fueron contratados o cumplieron aniversario el año pasado.
En este sentido indicaron que la reforma no es retroactiva y si un trabajador, por ejemplo, cumplió su primer año de empleo en 2022, sólo tendrá derecho, conforme a la ley anterior, a seis días independientemente de la fecha en que disfrute sus descansos.
Uno de los aspectos controvertidos es la proporcionalidad. Por ejemplo, cuando un empleado ingresó en julio de 2022 a laborar y su primer aniversario de trabajo es el 1º de julio de 2023, se deberá aplicar la nueva tabla de vacaciones y podrá gozar de 12 días de descanso, recalcaron.
Este tema, anotó Orozco, tiene su fundamento en el artículo 2 transitorio del decreto, que entró en vigor desde el primer día del presente año, y establece que las modificaciones se aplicarán, para todas las relaciones laborales o colectivas, siempre que éstas resulten más favorables para los trabajadores
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Cuando se trate de terminaciones laborales, que se celebren a partir del pasado 1º de enero, el finiquito se calculará con la parte proporcional de la nueva tabla, de conformidad con el artículo 79 de la LFT.
Orozco aclaró que la prima vacacional no sufrió modificación alguna, continúa siendo 25 por ciento; pero –dijo– hay una afectación económica a las empresas y un beneficio para los trabajadores, en virtud de que el cálculo de la prima se realizará sobre más días del periodo vacacional, es decir, 12 días en lugar de seis que marcaba la ley anterior.
Para el caso de empleados contratados que laboran por medio tiempo o algún otro esquema, se aplica también la nueva tabla, ya que esto se rige con base al tiempo que la persona lleva trabajando, no depende de la jornada o modalidad.
En caso de incumplir con las disposiciones, la LFT prevé sanciones de hasta 26 mil pesos.