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Rechaza la Corte que ajustes a presupuesto y estructura violen la autonomía del IECM
 
Periódico La Jornada
Viernes 27 de enero de 2023, p. 25

Las reformas al Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) no violaron su autonomía, determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al comenzar a analizar las impugnaciones promovidas por los partidos de la Revolución Democrática, Acción Nacional, Revolucionario Institucional y Movimiento Ciudadano contra los ajustes al presupuesto y a la estructura de ese organismo, realizados para ahorrar más de 52 millones de pesos anuales.

El ministro ponente, Mario Pardo Rebolledo, explicó que la Constitución da a las entidades de la República la facultad de libre configuración para ordenar a sus organismos electorales locales, siempre y cuando no se violen los principios democráticos, lo cual, sostuvo, no ocurrió en este caso.

La modificación impugnada no alteró ni varió algún aspecto de la autonomía del Instituto Electoral de la Ciudad de México; tampoco se acotó su ámbito de facultades ni se le impuso un esquema de funcionamiento particular y menos se le constriñó a la toma de decisiones en un sentido determinado, pues solamente reasignaron las funciones y responsabilidades de las comisiones y áreas a diversos órganos del propio instituto, sin incidir en sus atribuciones para decidir de forma independiente, explicó Pardo.

El Congreso actuó bien

Esta postura fue apoyada por la ministra Loretta Ortiz Ahlf, quien señaló: Las entidades federativas cuentan con libertad configurativa para determinar la estructura y atribuciones de las autoridades pertenecientes a los institutos electorales locales. Así, sobre las normas impugnadas que se analizan en este apartado, advierto que el legislador de la Ciudad de México actuó dentro del parámetro de dicha libertad para restructurar diversas áreas del Instituto Electoral que, además, no generan ninguna afectación en el ámbito de las atribuciones de la autoridad electoral.

Durante la discusión, únicamente la ministra presidenta, Norma Lucía Piña Hernández, y el ministro Alberto Pérez Dayán anunciaron que su postura es por la invalidez total de la reforma al IECM.

Para la presidenta de la SCJN, los organismos públicos locales electorales (OPLES) deben contar con recursos humanos y presupuestales suficientes para realizar todas sus funciones, y recortarlos hasta afectar su debido funcionamiento puede conllevar una restricción de los derechos ciudadanos.

La discusión del tema continuará la semana próxima, donde la SCJN analizará puntos como la fiscalización de los gastos electorales, la supresión de varias áreas del IECM y la irretroactividad de estos cambios.